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BCV emite circular sobre los requisitos a consignar para participar en una subasta del Sicad

Martes, 20 de agosto de 2013 a las 07:30 pm
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El Banco Central de Venezuela emitió nuevamente una circular dirigida a las instituciones financieras sobre los requisitos que deben consignar los participantes para tramitar operaciones a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas (SICAD) en esta nueva subasta:

Los requisitos son los siguientes :

1.Copia de la visa vigente cuando la legislación migratoria del país destino así lo exija, y se trate de solicitudes para gastos relacionados con la recuperación de la salud, investigaciones científicas, deportes, cultura, así como para otros casos de especial urgencia a ser realizados o atendidos fuera del país.

2.Copia de la autorización de viaje o documento equivalente expedido por la autoridad competente, únicamente en aquellos casos en que el Participante Convocado se encuentre amparado por algún programa de exención de visado, y éste sea requerido por la legislación migratoria para el ingreso al país destino. Este requisito, será consignado en defecto de lo previsto en el numeral precedente de esta Circular, así como de lo establecido en los numerales 1.a)y 2 de la Circular del 26 de julio de 2013.

3.Informe o carta explicativa del que emane la necesidad y justificación del (de los)bien(es) a ser adquirido(s)a efecto de la prestación de servicios profesionales, así como del uso o empleo que dará al(a los)mismo(s), en caso de que la Orden de Compra sea presentada por el supuesto indicado en el literal d) del artículo 19 de la aludida Resolución N° 13-07-01.

4.En defecto del original del Certificado de Inscripción en el Registro Único de Información Fiscal, los Participantes Convocados podrán consignar el Comprobante Digital del Registro Único de Información Fiscal (RIF), correspondiendo a la Institución Autorizada verificar, con anterioridad a la tramitación de la solicitud, la validez y veracidad del mismo a través del Portal Fiscal, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Providencia Administrativa N° SNAT/2013/0048 emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) en fecha 25/07/2013,publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°40.214 de esa misma fecha. Los requisitos indicados en la presente Circular, regirán para las subastas que se convoquen a partir de la presente fecha, inclusive. Finalmente, se reitera alas Instituciones Autorizadas que las Transferencias/Pagode Divisas a las personas naturales que hayan resultado adjudicadas en las subastas convocadas, deberán ordenarse de manera inmediata una vez que dichas instituciones hayan recibido el monto de divisas adjudicado, de conformidad con lo indicado en las Convocatorias respectivas.

2013-08-21