Nelsymar Ulrich
Según lo indica la Gaceta Oficial Número 40.305 fue establecido un régimen transitorio de protección a los arrendatarios de inmuebles destinados al desempeño de actividades comerciales, industriales o de producción, así lo establece el decreto número 602, que tiene fecha del 29 de noviembre y que de igual forma circula este lunes.
Dicha medida se llevará a cabo hasta el momento en el que se dicte un régimen definitivo, justo y equitativo.
De igual forma, se establece en la Gaceta que a partir de este lunes entra en vigencia el máximo del monto en bolívares que podrán cobrar por arrendar. El anuncio fue emitido por el Presidente Nicolás Maduro, y establece que los alquileres no podrán excederse de los 250 Bolívares por metro cuadrado.
En este sentido, el decreto abarca edificaciones de viviendas u oficinas, edificaciones con fines turísticos, galpones, oficinas, de uso educacional, de uso médico asistencial, centros comerciales y cualquier otro establecimiento destinado a el desarrollo de actividades económicas.
2013-12-02