El Indepabis ordenó el marcaje inmediato del Precio de Venta o Precio Máximo de Venta al Público a todas las personas naturales y jurídicas, importadores, fabricantes y productores que no hayan cumplido con el artículo 45 de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso de Bienes y Servicios.
Publicado en la Gaceta Oficial.
Recordó que el incumplimiento puede acarrear sanciones desde las 100 hasta las 5.000 unidades tributarias y el cierre temporal de locales hasta por 90 días.
Miercoles, 03/07/13