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Nuevo Convenio Cambiario 28: Establece que retiros en moneda extranjera en cuentas nacional se harán a tasa Sicad II

Domingo, 06 de abril de 2014 a las 07:30 pm
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En la Gaceta Oficial Número 40.387 que circula este lunes en todo el territorio nacional, se establece el Convenio Cambiario 28 en donde explican las nuevas reglas para la compra y venta de divisas.

El Ministerio de Economía, Finanzas y Banca Pública, así como el BCV, aprobaron el convenio que señala el tipo de cambio aplicable a la compra y venta de divisas en las casas de cambio será el aplicable a la Tasa Sicad II.

Asimismo el texto indica que el tipo de cambio aplicable a consumos a personas naturales con tarjetas de debito y crédito, giradas contra cuentas o líneas de crédito en moneda extranjera, así como operaciones de avance de efectivo con cargo a dichas tarjetas, será el determinado por el BCV en su página web.

El convenio establece que las operaciones de venta de divisas por parte de Pdvsa, así como empresas mixtas bajo la Ley de Hidrocarburos, y las que se hagan por concepto de minería y oro, se realizarán a tasa Sicad II.

En este sentido, publican que los retiros con cargo a los depósitos en moneda extranjera en el sistema financiero nacional se realizarán al tipo de cambio del Sicad II.

2014-04-07