Redacción 2001.com.ve
Entró en vigencia el Decreto Presidencial N° 1.348, en donde establecen que se prohíbe la venta a través del comercio informal de rubros de la cesta básica, insumos, medicinas y demás bienes importados o producidos en el país.
La información fue difundida en la Gaceta Oficial N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014 que circula este lunes.
Además especifican varios rubros: aceite comestible, crema dental, pañales desechables, papas, tomates, arroz, maíz, útiles escolares, cemento, cabillas y bloques, entre otros.
Quien infrinja la Ley será sancionado según lo establecido en el Decreto con Rango Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de Precios Justos. Asimismo se instruye a la Superintendencia Nacional Para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE), aplicar los procedimientos sancionatorios a que hubiere lugar y las medidas preventivas habilitadas en el ordenamiento jurídico.
2014-10-27