Marleska Irausquin
Hoy es el Día Internacional de las Trabajadoras Sexuales, un “gremio” que en Venezuela está olvidado, ninguna ley las ampara y las políticas públicas las tienen “a un lado”.
José Jaramillo, abogado gestión pública, afirma que el desamparo de las leyes es lo que hace que la práctica sea ilícita, perseguida por las autoridades y clandestina.
En Uruguay, por ejemplo, ha cuidado todos los aspectos de esta labor. En julio de 2002 el Gobierno promulgó Ley Nº 17.515 de Trabajo Sexual, la cual permite la práctica y remuneración de esta actividad a las personas que sean mayor de edad y estén inscritas en el Registro Nacional del Trabajo Sexual y cada mujer porta un carnet.
Jaramillo explica que quienes se dedican en Venezuela a esta actividad no tienen sindicatos ni organizaciones gremiales.
Locales. Estas mujeres pueden trabajar en la calle o en burdeles. En ninguno de los casos están dentro del marco del trabajo formal. Tampoco cumplen con trámites administrativos.
En el país los burdeles tienen trabajadoras sexuales en clandestinidad, las cuales, ante la ley, son identificadas como mesoneras o cualquier otro cargo que no especificue su verdadera labor. Los policías están en la potestad de multar al local en el que se encuentren trabajadoras de este tipo.
Además, para prestar servicios sexuales no se necesita horario, no pagan impuestos, ni tienen las condiciones para laborar formalmente ni para registrar una empresa. Para José Jaramillo todo eso suma más razones a su clandestinidad.
Aclara que socialmente se reconoce esa “labor”, más no es tomado en cuanta para las bases legales de los trabajadores. Sus derechos humanos son reconocidos como a toda persona, pero hasta ahí.
También señala que la Ley del Trabajo ampara a los trabajadores a domicilio, pero las personas que prestan servicios sexuales no clasifican en este renglon. Jaramillo asegura que “nadie le paga al Fisco por prestar su cuerpo”.
Salud para todos. El Estado está en el deber de preservar la protección sanitaria, esto incluye a las personas que “alquilan” su cuerpo. Debido a que se proliferan las enfermedades de transición sexual y se convierte un problema del cual debe ocuparse la salud pública, pero no quiere decir que sean amparados como trabajadores, son individuos con derechos en la sociedad, indica José Jaramillo.
La Constitución contempla en el artículo 83 que “la salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida”.
Luz Jaimes, sexóloga, explica que no hay medidas sanitarias que cuiden a este tipo de trabajadoras. En la década de los 90, el Ministerio de Salud ofrecía consultas gratis para las trabajadoras sexuales pero este servicio fue retirado. Ellas pueden acudir como personas naturales a las consultas médicas que el Estado ofrece, pero el servicio no es tan especializado como antes.
Jaimes recomienda que los trabajadores acudan al doctor de forma regular cada tres meses para chequear su salud, debido a que es una ocupación que es propensa al contagio de enfermedades de transmisión sexual.
VPH presente en la población. Jaimes asegura que las estadísticas más altas en el país de enfermedades de transmisión sexual las encabeza el VPH. Venezuela no tiene un plan de contingencia para esta enfermedad tan común en la población.
En Venezuela, este tipo de trabajos son de conocimiento público, pero del cual nadie habla. Se puede conseguir chicas dedicadas a esto en Caracas, en lugares como: La Hoyada, Plaza Venezuela y en las avenida Urdaneta, Fuerzas Armadas y Nueva Granada.
País hermano. En Colombia se realizó una convocatoria en abril para que las personas que realicen trabajos sexuales, sindicatos y ONG que los amparan, redactaran un marco legal que proteja esta labor y se preserve el derecho de la dignidad.
La iniciativa comenzó porque unas trabajadoras en este gremio fueron agredidas y detenidas por cuerpos policiales en Bogotá. Lo que hizo un llamado de atención para fomentar la dignidad y derechos que gozan las personas que prestan servicios sexuales.
Desde el 2010, en Colombia es legar practicar la prostitución siempre y cuando no sea por parte de menores de edad ni sea a la fuerza.
2017-06-01