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Este martes 9 de mayo, el Consejo Universitario de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) a través de un comunicado en su sesión del día, decidieron dirigirse hacia los estudiantes de esta casa de estudio, en consideración a los eventos de las últimas semanas que han afectado el normal desarrollo de las actividades académicas y administrativas, para solucionar estos problemas adoptaron una resolución.
Iniciando el comunicado especifica que "en razón de las manifestaciones y protestas iniciadas a partir de la última semana de marzo y en el entendido de que las mismas han afectado el normal desarrollo de las actividades académicas y administrativas de la Institución, ha instruido que se debe mantener la flexibilidad necesaria en las evaluaciones presenciales y en el régimen de asistencia en los casos en que se presenten eventualidades especiales".
Asimismo, se aclara que "tal flexibilización implica adaptarse a las circunstancias extraordinarias que han regido durante las últimas semanas, lo cual no se traduce en la prescindencia de evaluaciones o de contenidos de los programas de estudio, por el contrario, lo excepcional de la situación, demanda mayor compromiso y colaboración de parte de todos los integrantes de la comunidad universitaria en orden a garantizar que la conclusión del período académico pueda cumplirse conforme a lo previsto en el calendario aprobado por este mismo Consejo".
Las medidas tomadas en el lapso para retiro de asignaturas, fue que "se ha extendido en dos semanas el período para tal proceso, tanto en el régimen anual como semestral de pregrado (en el régimen anual el retiro parcial podrá realizarse hasta el 12 de mayo y el total hasta el 9 de junio, en tanto que en el régimen semestral, el retiro parcial podrá realizarse hasta el 6 de junio y el total hasta el 23 de junio) y una semana en el caso de postgrado (régimen semestral hasta el 19 de mayo y trimestral hasta el 23 de junio).
"En consideración a que las suspensiones formales de actividades académicas y la imposibilidad de asistencia de profesores y alumnos en determinados horarios producto de protestas o de decisiones externas en relación con el funcionamiento del transporte público que han afectado la movilidad, se acuerda, en orden a no arriesgar la conclusión del actual período académico, extenderlo hasta el 29 de julio de 2017″, reza parte del comunicado, con el tema de la extensión del período académico.
Las asignaturas prácticas y prácticas profesionales, en el comunicado se cuenta que "en el caso de las que implican el uso de laboratorios, profesores y alumnos deberán coordinar su realización de forma que puedan cumplirse las exigencias horarias establecidas en el respectivo plan de estudio".
Comunicación entre profesores y alumnos y reprogramación de evaluaciones no presentadas, recomiendan a que "los profesores mantengan permanente comunicación con sus estudiantes, favorecer la constitución de grupos atendiendo a las opciones que ofrece la tecnología para facilitar la información oportuna ante cambios, producto de circunstancias sobrevenidas".
Tratamiento de las inasistencias, aclararon que "para el semestre y trimestre en curso, no aplicará la perdida de la inscripción por inasistencia contemplada en los Reglamentos de la Universidad".
Lea completo el comunicado integro aquí:
El Consejo Universitario de la Universidad Católica Andrés Bello en su sesión del día de este 9 de mayo, en consideración a los eventos de las últimas semanas que han afectado el normal desarrollo de las actividades académicas y administrativas, adoptó la siguiente resolución:Régimen especial para la culminación del período académico
El Consejo Universitario en comunicados precedentes en razón de las manifestaciones y protestas iniciadas a partir de la última semana de marzo y en el entendido de que las mismas han afectado el normal desarrollo de las actividades académicas y administrativas de la Institución, ha instruido que se debe mantener la flexibilidad necesaria en las evaluaciones presenciales y en el régimen de asistencia en los casos en que se presenten eventualidades especiales.
Tal flexibilización implica adaptarse a las circunstancias extraordinarias que han regido durante las últimas semanas, lo cual no se traduce en la prescindencia de evaluaciones o de contenidos de los programas de estudio, por el contrario, lo excepcional de la situación, demanda mayor compromiso y colaboración de parte de todos los integrantes de la comunidad universitaria en orden a garantizar que la conclusión del período académico pueda cumplirse conforme a lo previsto en el calendario aprobado por este mismo Consejo.
En razón de lo anterior se ha dispuesto la recuperación de horas de clases en horarios especiales y se ha recomendado el uso de plataformas tecnológicas disponibles en la Universidad, así como el uso de todos aquellos mecanismos tradicionales que permitan a los estudiantes avanzar en sus programas de estudios.
Lapso para retiro de asignaturas
En consideración a que producto de las suspensiones parciales de las actividades académicas algunas evaluaciones no han podido realizarse en las fechas establecidas y por tanto los estudiantes afectados no disponen de resultados que les permitan decidir el retiro de asignaturas, se ha extendido en dos semanas el período para tal proceso tanto en el régimen anual como semestral de pregrado (en el régimen anual el retiro parcial podrá realizarse hasta el 12 de mayo y el total hasta el 9 de junio en tanto que en el régimen semestral el retiro parcial podrá realizarse hasta el 6 de junio y el total hasta el 23 de junio) y una semana en el caso de postgrado(régimen semestral hasta el 19 de mayo y trimestral hasta el 23 de junio).
Extensión del período académico
En consideración a que las suspensiones formales de actividades académicas y la imposibilidad de asistencia de profesores y alumnos en determinados horarios producto de protestas o de decisiones externas en relación con el funcionamiento del transporte público que han afectado la movilidad, se acuerda, en orden a no arriesgar la conclusión del actual período académico, extenderlo hasta el 29 de julio de 2017.
Esta extensión comprenderá la aplicación de evaluaciones parciales, finales y de reparación según el régimen (semestral, trimestral o anual) de cada Escuela o Programa y abre un espacio para la recuperación de clases y evaluaciones en atención al nivel de avance de las diversas cátedras dada la desigual situación que se ha generado según el día de la semana comprometido, por lo que puede implicar la reprogramación de los calendarios de exámenes, mantenerse los establecidos o fijarse un período para la aplicación de las evaluaciones no realizadas.
Asignaturas prácticas y prácticas profesionales
Un tratamiento especial exigen las asignaturas prácticas, por tanto, en el caso de las que implican el uso de laboratorios, profesores y alumnos deberán coordinar su realización de forma que puedan cumplirse las exigencias horarias establecidas en el respectivo plan de estudio.
En el caso de las prácticas profesionales debe atenderse su ejecución, siempre que las circunstancias lo permitan, en razón de que estas involucran la intervención de unidades o instituciones externas a la Universidad.
Comunicación entre profesores y alumnos y reprogramación de evaluaciones no presentadas
Se recomienda a los profesores mantener permanente comunicación con sus estudiantes, favorecer la constitución de grupos atendiendo a las opciones que ofrece la tecnología para facilitar la información oportuna ante cambios producto de circunstancias sobrevenidas, considerar opciones de evaluación que permitan un mejor aprovechamiento del tiempo en consonancia con las previsiones reglamentarias de cada Facultad y, en el caso de que fuere necesario, efectuar las posibles modificaciones al Plan de Clase inicial y hacerlo saber a la Dirección de la Escuela dentro de las próximas dos semanas.
En los días en que circunstancias especiales impidan la aplicación a todo el curso de evaluaciones programadas, estas se aplicarán a quienes concurran, fijándose una nueva oportunidad, con el mismo contenido, a quienes no puedan asistir a la fecha inicialmente establecida.
La nueva fecha será notificada a la Escuela o Programa a los efectos del registro respectivo. Exámenes finales Los Consejos de Facultad podrán determinar la materia objeto de evaluación en los exámenes finales.
Tratamiento de las inasistencias
Para el semestre y trimestre en curso no aplicará la perdida de la inscripción por inasistencia contemplada en los Reglamentos de la Universidad. Postgrado Estas decisiones y recomendaciones aplicarán a los Estudios de Posgrado atendiendo al régimen y modalidad de cada Programa.
Intervención de los Decanos y Directores En el caso de los Decanos, Directores de Escuela y Programas, se reitera la necesidad de acompañamiento a los profesores y alumnos en la ejecución de las decisiones y recomendaciones aquí contenidas y en la vigilancia del cumplimiento de los compromisos asumidos.
A tales efectos organizarán reuniones con profesores y estudiantes en diferentes horarios y modalidades para informar directamente y aclarar dudas sobre el contenido de esta resolución del Consejo Universitario y sus aplicaciones en concordancia con las inquietudes de docentes y estudiantes. Insistimos en la necesidad de que no entendamos por flexibilización un régimen laxo en el cumplimiento de las obligaciones académicas que garantizan calidad y excelencia, pues relajar estas condiciones sólo traerá consecuencias negativas en la prosecución de los programas de estudio.
Flexibilización sólo significa ajustarse a las circunstancias especiales para cumplir a cabalidad con las exigencias académicas pautadas por la Institución. La extensión del período académico nos brinda muchas posibilidades para que cumplamos con estas exigencias, siempre y cuando aprovechemos al máximo el tiempo disponible.
2017-05-09