El Gobierno de Costa Rica anunció que regulará mediante una ley la fecundación in vitro, una técnica prohibida en el país desde el año 2000 y que deberá ser habilitada por orden de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH).
El ministro de Comunicación, Francisco Chacón, declaró en una conferencia de prensa que luego de un análisis jurídico del asunto, una comisión especial determinó que la técnica reproductiva requiere de una ley para ponerse en marcha.
"Por tratarse de derechos fundamentales, se requiere para su regulación de una ley que además deberá establecer prohibiciones y sanciones penales, específicamente en temas sensibles como el mal uso de la técnica, la comercialización y manipulación de material genético, entre otros", señala un párrafo del análisis jurídico.
El informe ya fue conocido por la presidenta, Laura Chinchilla, quien ordenó a su ministra de Salud, Daisy Corrales, que le presente el proyecto de ley el próximo 1 de marzo para estudiarlo y luego trasladarlo al Congreso en la semana del 11 de ese mes.
Corrales manifestó en la conferencia de prensa que la iniciativa incluirá "las fortalezas" de cuatro proyectos de ley al respecto que se encuentran en la Asamblea Legislativa, los cuales, dijo, no se ajustan a lo ordenado por la CorteIDH en su sentencia contra el Estado, publicada en diciembre anterior.
La ministra prefirió no dar detalles del proyecto de ley que se presentará al Congreso ni de las debilidades que detectó en otras iniciativas que están actualmente ahí pero que no han prosperado.
Chacón también dijo que en el presupuesto existe una partida para pagar las indemnizaciones a las 18 parejas que demandaron al Estado ante la CorteIDH a causa de la prohibición de la fecundación in vitro.
Estas reparaciones se comenzarán a pagar a partir del próximo 25 de febrero y suman en total unos 415.000 dólares.
La sentencia de la CorteIDH indica que con la prohibición de la técnica reproductiva se ha afectado el "derecho a la vida privada y familiar, los derechos reproductivos y a la integridad personal", pues "la decisión de ser o no madre o padre es parte del derecho a la vida privada e incluye la decisión de serlo en el sentido genético o biológico".
La CorteIDH negó en su fallo que "el embrión pueda o deba ser tratado jurídicamente de manera igual a una persona".
La Sala Constitucional costarricense prohibió la técnica en una resolución del año 2000 debido a que consideró que violaba el derecho a la vida de los embriones que no se implantaban en el vientre de la mujer. /EFE
(KC)