EFE
Los diputados del estado mexicano de Puebla aprobaron hoy una ley que permite a la Policía usar armas de fuego y otras no letales en manifestaciones violentas, emergencias y desastres naturales.
"El elemento policial únicamente podrá hacer uso del arma de fuego en caso de legítima defensa, propia o de terceros, por peligro inminente de muerte o lesiones graves", indica el artículo 7 de la ley que regula el "uso legítimo de la fuerza pública".
La ley aclara que fuera de los casos anteriores "no se tendrá por justificada la legítima defensa, haciéndose acreedor el elemento policial a las sanciones penales y administrativas que correspondan".
La norma fue aprobada con 35 votos a favor de los legisladores de los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN), y cinco abstenciones de diputados del izquierdista Revolución Democrática (PRD) y el Verde.
Diversos activistas se pronunciaron en contra de esta ley, calificada en la red social Twitter como "Ley Bala", por temor a los posibles abusos policiales en el uso de sus armas de fuego contra los manifestantes.
La norma, que será enviada para su publicación en el Diario Oficial del estado, se aplicará en manifestaciones públicas violentas, actos vandálicos, órdenes de aprehensión o cuando haya actos de violencia o rapiña durante un desastre natural, recoge la iniciativa presentada este fin de semana por el gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle.
En caso de manifestaciones violentas, la Policía deberá hacer un uso gradual de la fuerza para el sometimiento de personas y echar mano de "toletes, químicos irritantes, dispositivos eléctricos de control y pistolas noqueadoras".
Cuando exista riesgo a la vida, se autoriza el uso de armas de fuego, apunta la norma, que prohíbe recurrir a la fuerza contra personas por una simple sospecha, aunque los policías podrán actuar a juicio propio cuando consideren que se puede prevenir una conducta ilícita y bajo el principio de oportunidad.
La ley establece que, antes de disparar en contra de una persona, los policías deberán identificarse y exhortarle al presunto agresor a desistir de su conducta, dándole el tiempo para que recapacite.
"Lo anterior no será aplicable cuando la necesidad de la acción sea inmediata, es decir, que el tiempo proporcionado al agresor para desistir de su acción implique poner en peligro a terceros o al propio elemento policial", añade.
2014-05-19