2001.com.ve | EFE
Organizaciones civiles panameñas pidieron al presidente del país, Juan Carlos Varela, que vete el artículo de una ley que establece la inhabilitación para contratar con el Estado de las empresas que hayan alcanzado acuerdos de colaboración eficaz con la Fiscalía en casos de corrupción.
Se trata del artículo 4 de la ley 514 sobre la no prescripción de los delitos de corrupción, aprobada el pasado martes en tercer y último debate en la Asamblea Nacional (AN) y que ahora debe ser sancionada por el presidente Varela.
En una carta de la Alianza Ciudadana Pro Justicia difundida hoy se alerta que la inclusión del artículo cuarto por parte de los diputados, ya que en el proyecto de ley original no estaba, "parece tener el objetivo" de que las empresas "no acepten la colaboración eficaz".
A juicio de la asociación, aprobar la norma que inhabilita a las empresas que "han aceptado utilizar la colaboración eficaz en investigaciones por casos de corrupción y otros delitos (…) tendría un impacto negativo, al desmotivar a las empresas y funcionarios a colaborar en las investigaciones con el propósito de lograr vincular a otras personas de mayor jerarquía o para aclarar la comisión de otros delitos".
Aprobarse la ley tal cual "sería un retroceso en materia de lucha contra la corrupción (…) Solicitamos que este artículo sea vetado por considerarlo contrario a la Constitución y a la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción", declaró la Alianza en su misiva.
"Lo que se requiere en este momento no es castigar a los que colaboran, sino descubrir el modus operandis y las redes de corrupción que casi la han institucionalizado en el país", añadieron las organizaciones civiles.
El proyecto de Ley 514 fue presentado por iniciativa ciudadana y originalmente planteaba solo la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción con una reforma al artículo 116 del Código Procesal Penal, pero durante su larga discusión en el Parlamento le fueron sumadas modificaciones vinculadas a las contrataciones públicas.
Así, el proyecto aprobado modifica el artículo 19 de la Ley 22 de 2006 que versa sobre la "incapacidad legal para contratar" con el Estado, y establece que quedan vetadas las empresas que hayan sido condenadas en Panamá o en el extranjero por sentencia judicial definitiva.
"Estamos de acuerdo en que se inhabilite a las empresas y funcionarios que sean condenados por delitos de corrupción, pero no a las empresas que colaboran de manera eficaz para que se descubra la corrupción", indicó la Alianza en su misiva.
El proyecto de ley aprobado el martes pasado también modifica el artículo 33 de la Ley 22 de 2006 y agrega que las empresas que pujen por contratos con el Estado deben presentar una declaración jurada de no haber sido condenadas por corrupción en Panamá u otros países, o no haber llegado a acuerdos de pena o colaboración eficaz con fiscalías por delitos de corrupción o blanqueo de capitales.
La prensa local indicó en su momento que esta última modificación fue aprobada en el segundo debate por la mayoría opositora en el Parlamento, pese a la advertencia del Colegio Nacional de Abogados y del Ministerio Público de que sería inconstitucional incluir a las empresas que alcanzaron acuerdos de colaboración eficaz.
2018-04-05