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Coge terreno Estado de Excepción ordenado por Maduro

Sabado, 22 de agosto de 2015 a las 07:30 pm
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Odell López Escote

Las leyes son claras. Los estados de excepción no suspenden garantías civiles en su totalidad. Hay al menos 14 derechos ciudadanos que deben ser respetados por el Gobierno Nacional durante esta coyuntura.

Así lo establece la Ley Orgánica de Estados de Excepción en su artículo 7 en el además precisa el respeto por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Interamericana de Derechos Humanos.

Hasta el fallecido presidente Hugo Chávez criticó, apenas tomó el mando, los estados de excepción; razón por la que la Constitución de 1999, en su artículo 329 establece que aún con este decreto, es imposible restringir o suprimir ciertas garantías.

El derecho a la vida, el reconocimiento a la personalidad jurídica, la protección de la familia, la igualdad ante la ley, la nacionalidad, la libertad personal y la prohibición de práctica de desaparición forzada de personas, la integridad personal, física, psíquica y moral, el derecho a no ser sometido a esclavitud o servidumbre, la libertad de pensamiento, conciencia y religión, la legalidad y la irretroactividad de las leyes.

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