Redacción 2001.com.ve
El contralor General de la República, Manuel Galindo, expuso este lunes ante los medios de comunicación que la sentencia 236 hecha el pasado 23 de diciembre de 2015 por la antigua Asamblea Nacional y la sentencia 9 emitida por la Sala Constitucional de Tribunal Supremo de Justicia, donde se limita las facultades contraloras de actual AN, se encuentran dentro del marco legal.
Aseguró que la sala Constitucional del TSJ, "tiene la plena, absoluta y única competencia como único y último intérprete de las normas de carácter constitucional", asimismo exhortó a respetar y apegarse "a las sentencias emanadas de esa máxima Sala del TSJ (…) deben ser vinculantes y de obligatorio acatamiento por cada uno de los poderes que conforman el Estado venezolano", dijo.
Afirmó que "los magistrados del TSJ de cualquiera de las salas, están sujetos a remoción", sin embargo destacó que para lograr que eso ocurra, "existe un procedimiento y debe existir una calificación previa a las faltas graves que establece la Ley del Tribunal Supremo de Justicia".
Para el contralor, la designación hecha por el antiguo Parlamento "es total y absolutamente apegada a la legalidad".
"No es competencia de la Asamblea Nacional destituir magistrados, pero sí tiene con una mayoría calificada remover en sesión plenaria previo al respeto del derecho a la defensa", destacó Galindo.
2016-03-07