EFE
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) realizó este martes una audiencia por el supuesto incumplimiento del Estado de Venezuela de investigar con la debida diligencia el secuestro y desaparición de la joven Linda Loaiza López, quien fue torturada, mutilada, violada y agredida durante cuatro meses de cautiverio.
Los hechos ocurrieron en el año 2001 cuando Linda, a sus 18 años, fue secuestrada por un hombre y durante ese tiempo recibió golpes de tal intensidad que la tuvieron que operar más de 15 veces y estuvo hospitalizada durante un año para las reconstrucciones en su rostro.
"Fueron casi cuatro meses en los cuales durante cada día fui sometida a violencia física, sexual y psicológica", relató Loaiza a los jueces y añadió que en el apartamento donde estaba encerrada había sangre suya en las paredes de la cantidad de golpes y que sus orejas estaban hinchadas de sangre.
En ese tiempo recibió continuas violaciones y torturas que le cercenaron partes de su cuerpo y rostro hasta el punto de ponerla al borde de la muerte.
Informes médicos reseñan que la joven sufrió, entre otras lesiones, fractura de maxilar, destrozos de labios y orejas, rotura de costillas, desviación ocular, cercenamiento de pezones, desgarre vaginal y quemaduras de cigarrillos en casi todo el cuerpo.
"Estaba en una silla de ruedas, fue una experiencia muy dolorosa, los dientes iban y venían, la mandíbula también. Era un monstruo, su rostro estaba extraviado, le habían cortado el cabello, estaba desnuda, con su cuerpo golpeado, morado, con quemaduras y los labios rasgados. Cualquier cantidad de cosas que creo que ni un animal se lo hubiera hecho", detalló su hermana Ana Secilia sobre el día que la vio en el hospital tras ser rescatada.
Linda explicó que pudo salir de su cautiverio porque el único día que su agresor no la amarró, se arrastró por el cuarto hasta un ventanal para pedir auxilio, hasta que uno de los vecinos la escuchó.
La demanda presentada ante la Corte por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) indica que el Estado incumplió su obligación de investigar en un plazo razonable y que Loaiza no contó con un acceso a la justicia en condiciones de igualdad y que la violencia estuvo motivada por su condición de mujer.
La Comisión además indicó que el Estado venezolano tuvo o debió tener conocimiento de la situación de riesgo real e inminente en que se encontraba la joven ante los intentos de su hermana de interponer la denuncia de su desaparición.
Según la versión de su hermana Ana Secilia, al poner la denuncia ante la policía, le respondieron que seguramente su hermana se había escapado con el novio.
Linda Loaiza indicó que durante este tiempo ha estado "sometida" a un sistema judicial "discriminatorio y patriarcal", en donde el Estado venezolano buscaba las pruebas de la inocencia del sujeto, quien era el hijo de un alto funcionario académico.
Se han dado un total de 37 diferimientos y 10 inhibiciones por parte de los operadores de justicia que no querían conocer el caso. El proceso penal contra la persona responsable de secuestrar y torturar a Loaiza sigue en revisión en el Ministerio Público.
En los alegatos finales, el Estado de Venezuela hizo un reconocimiento parcial por la violación a las garantías judiciales, integridad personal, integridad judicial, vida privada, igualdad y no discriminación.
"Linda no contó con una acceso a la justicia con igualdad en su condición de víctima debido al marco normativo discriminatorio, que ha sido ya superado (…) Señora Linda Loaiza López Soto en nombre del Estado le pido perdón a usted y su familia por la inadecuada actuación de los órganos del sistema de justicia y que intervinieron en el trámite para investigar los terribles hecho de los que usted fue víctima", dijo el agente del Estado, Larry Devoe.
Sin embargo, el agente negó la responsabilidad del Estado por las violaciones a la integridad personal, libertad personal, vida privada, dignidad, igualad y no ser objeto de tortura o violencia, pues fueron cometidas por un hombre particular y no por agentes estatales.
Como parte de la audiencia, la Corte escuchó además a tres peritos, uno propuesto por los representantes de las supuestas víctimas, otra llamada por el Estado y otra por la Comisión Interamericana.
El hombre responsable de los hechos identificado como Luis Carrera Almoina cumplió una sentencia de seis años y un mes de prisión dictada en 2006 por el delito de lesiones gravísimas y privación ilegítima de libertad, pero fue absuelto del delito de violación sexual, homicidio calificado en grave frustración y tortura.
Anteriormente, en el 2004 también se dio una sentencia que fue absolutoria por duda razonable.
Concluida la audiencia de hoy, las partes tienen un mes para presentar los alegatos finales por escrito y a partir de allí los jueces de la Corte Interamericana, con sede en Costa Rica, estudiarán la posibilidad de dictar una sentencia.
2018-02-06