Según el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), existen 6 tipos de licencia para vehículos y estos se califican desde los que presentan menos riesgo, es decir, el “grado 1” hasta los de mayor riesgo catalogados como “Título Superior Profesional”.
2001 consultó con el abogado Ivan Mago, quien señaló que a estos vehículos “grado 1” le corresponde la licencia de primer grado. Esta va dirigida a los transportes de tracción de sangre cuya propulsión es generada por el ser humano o por animales.
Los medios de tracción humana están conformados por bicicletas, triciclos, patinetas o patines, y aquellos que no transportan humanos como carretillas y carros de mano.
Edades permitidas
El letrado en leyes explica que la ley de transporte terrestre dictamina que para conducir vehículos no motorizado tipo “A”, les corresponde a personas a partir de 14 años para vehículos de tracción humana. El tipo “B” le corresponde para personas mayores de 16 años con vehículos de tracción animal.
Asimismo, el jurista expresó que la diferencia de esta patente y las otras es el tipo de vehículo y título profesional.
“Las licencias desde el segundo grado al quinto grado y título profesional son para vehículos motorizados. Y los procedimientos para obtener la licencia, también son distintos.”
Sanciones
Por otro lado, resaltó que existen sanciones para conductores que no posean esta licencia de primer grado que conlleva un curso formativo de educación vial como sanción.
Mago también destacó que quienes utilicen vehículos no motorizados deben cumplir con las condiciones y requisitos que regulan el tránsito de estos vehículos terrestres como “pitos, cornetas, luces o reflectores”.
Esto, añadiendo el equipo de protección necesario.
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