2001.com.ve |Mariángel Rodríguez
En entrevista para Unión Radio, el abogado constitucionalista Hermann Escarrá afirmó que la inmunidad parlamentaria, que poseen los diputados de la Asamblea Nacional, solo es aplicable dentro de la Cámara. Es decir, los parlamentarios que cometan delitos de opinión no podrán ampararse bajo la inmunidad.
Según el exdiputado, si un parlamentario ofende, injuria o vilipendia (delitos de opinión) fuera de la Cámara, en una rueda de prensa por ejemplo, se puede proceder a un juicio civil y penal en contra del diputado.
El constitucionalista señaló que Nicolás Maduro como jefe de Estado debe presentar, de conformidad con la Constitución, una Ley de Presupuesto Nacional con objeto de debate y autorización. Pero “ese debate cumple funciones de naturaleza política de la Asamblea Nacional, que está en situación de nulidad absoluta de todos sus actos, entonces el Presidente no puede entrar en controversia con el Tribunal Supremo de Justicia, por lo que presentó el presupuesto de la nación ante el Supremo”, indicó Escarrá.
Escarrá dijo que el origen y los antecedentes de las medidas tomadas por el TSJ ante la AN, sería que tres diputados por el estado Amazonas forman parte de un procedimiento de la Sala Electoral del Supremo, en donde impugnó la elección del pasado 6-D por diferentes razones.
El órgano judicial aplicó una medida cautelar nominal, en donde desincorporó a los diputados hasta que se resuelva el caso, pero la AN “desacató” la medida al juramentar a los parlamentarios. Por ende, la Sala Constitucional decidió que las decisiones que emane el Legislativo no tendrían validez, según el abogado.
2016-10-17