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Garantizan la libre circulación de vehículos de carga que transporten rubros prioritarios

Domingo, 03 de enero de 2016 a las 07:30 pm
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El Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz junto con el Ministerio del Poder Popular para Transporte Terrestre y Obras Públicas, difundieron en Gaceta Oficia N° 40.818, una resolución que garantiza la libre circulación en todo el territorio nacional de vehículos de carga con peso bruto igual o superior a 3.500 kilogramos, que transporten los siguientes rubros:

-Alimentos perecederos y no perecederos y sus respectivas materias primas.

-Agua potable y químicos necesarios para la potabilización.

-Medicinas de corta duración, dióxido de carbono, oxígeno, gases o líquidos necesarios para el funcionamiento de centros médicos asistenciales.

-Concreto, cabillas y en general materiales de construcción, destinados a los inmuebles de la Gran Misión Vivienda Venezuela.

-Fertilizantes químicos y periódicos, enmiendas para usos agrícolas y aquellos que transporten cosecha de rubros agrícolas de la Gran Misión Agro Venezuela

-Desechos sólidos de origen domiciliario.

-Gas de uso doméstico y combustibles destinados al aprovisionamiento de estaciones de servicio de transporte terrestre, puertos y aeropuertos, plantas generadoras de energía y productos asociados de la actividad petrolera.

Asimismo, el texto señala que se garantiza el retorno vacío de los vehículos que transporten los rubros señalados, desde el 30 diciembre de 2015 hasta el 11 de enero de 2016, sin el cumplimiento previo de las autorizaciones que deben emitir las autoridades administrativas que correspondan.

2016-01-04