Redacción 2001.com.ve
Mediante el presidente de la República aprobó el Plan Nacional de Derechos Humanos 2016-2019 que habría sido formulado por el Consejo Nacional de Derechos Humanos, quedando así establecido en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.217.
Este Plan contiene ocho artículos, que procuran continuar progresivamente implementando medidas para garantizar la tranquiliada y la felicidad social.
En el artículo 2 expresa que los órganos y entres del Poder Ejecutivo, deberán incorporar dentro de sus planes operativos, los proyectos, acciones específicas y acciones para ejecutar oportunamente el Plan, así como prestar la colaboración requerida para la ejecución del mismo, tal como lo contempla el artículo 3.
En el Artículo 4 se establece que el Consejo Nacional de Derechos Humanos, será vigilante de que este Plan sea ejecutado, el artículo 5 exhorta a las organizaciones y movimientos de derechos humanos a hacerse partícipes y contribuyentes en el seguimiento de el Plan Nacional de Derechos Humanos.
En el artículo 6 se ordena la publicación y difusión íntegra de el Plan, en Gaceta Oficial, como en los portales web de los órganos del Poder Ejecutivo que integren el Consejo.
El vicepresidente Ejecutivo, Aristóbulo Istúriz, tendrá la tarea de dirigir y hacer cumplir dicho Plan, tal como lo designa el artículo 7.
El Plan Nacional de Derechos Humanos, entró en vigencia desde el lunes 1 de marzo, luego de ser publicado en la Gaceta Oficial de ese día, así lo reza el artículo 8.
Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.217. Marzo 01%2c 2016
2016-03-03