Redacción 201.com.ve/AVN
Desde el próximo 3 hasta el próximo 7 de agosto, los candidatos a las elecciones parlamentarias a celebrarse el 6 de diciembre deberán postularse ante el Consejo Nacional Electoral (CNE).
De acuerdo con la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), las organizaciones con fines políticos, los grupos de electores, los ciudadanos por iniciativa propia, las comunidades y organizaciones indígenas tendrán derecho a postular a los aspirantes a una curul en la AN.
En los circuitos electorales donde Mesa de la Unidad Democrática (MUD) y el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) realizaron elecciones primarias, el pasado mes de mayo y junio, respectivamente, se respetarán los resultados y se les permitirá hacer postulaciones con un mínimo de 40% y un máximo de 60% por grupo.
Las candidaturas designadas fuera de los comicios internos deberán cumplir con la paridad de género y postular a 50% mujeres y 50% hombres, como lo establece el reglamento especial aprobado el pasado 25 de junio por el Poder Electoral para garantizar la composición paritaria en los venideros comicios.
Según dispone el cronograma electoral, del 3 al 9 de agosto será la subsanación de recaudos de las postulaciones de los candidatos a las parlamentarias, mientras que del 4 hasta el 12 se realizará la admisión o el rechazo de dichas inscripciones.
Del 4 de agosto al 6 de noviembre se hará la sustitución o modificación de las postulaciones lista y entre el 4 de agosto y el 26 de noviembre se hará lo propio con las postulaciones nominales. Para el 13 de agosto está fijada el acta de cierre de las postulaciones.
Se recuerda que en las elecciones parlamentarias serán electos 167 diputados o diputadas, 113 nominales, 51 por lista y tres representantes indígenas de forma nominal.
De este total, 66 serán electos en circunscripciones uninominales, mientras que 16 circunscripciones plurinominales elegirán dos candidatos o candidatas; y cinco circunscripciones elegirán a tres aspirantes.
Para las postulaciones por lista se aplicará igualmente la paridad de 50-50, porque se trata de un grupo que no fue electo en primarias sino que se designa de acuerdo a métodos internos de cada partido político.
Los partidos que no forman parte de ningún bloque y que deciden postular candidatos también deben cumplir con el reglamento y postular 50% mujeres y 50% hombres. Igual ocurre con los partidos que no van en alianza con ningún bloque.
2015-07-28