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TSJ declara "nulo, inexistente e ineficaz" rechazo de AN a Decreto de Emergencia

Miércoles, 21 de septiembre de 2016 a las 08:00 pm
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2001.com.ve |Nota de prensa


La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este jueves la constitucionalidad del Decreto n.° 2.452, dictado por el Presidente de la República, Nicolás Maduro mediante el cual se declara el Estado de Excepción y Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional.

Mediante una nota de prensa, el Poder Judicial asegura que el Decreto Presidencial publicado en la Gaceta Oficial n.° 6.256 del 13 de septiembre de 2016 "fue dictado en cumplimiento de los parámetros que prevé el Texto Constitucional, la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción y demás instrumentos jurídicos aplicables", razón por la que el mismo entró en vigencia al momento de ser dictado y que es legítimo, válido, vigente y eficaz a nivel jurídico-constitucional.

La Sala Constitucional del TSJ declaró el pasado 2 de septiembre de 2016 "manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional (AN) ", por lo que las leyes que se sancionen "mientras se mantenga el desacato" serán nulas, ante esto el organismo afirma que el acuerdo aprobado por la mayoría opositora en rechazo al Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica  es "nulo, inexistente e ineficaz".

Por último se advierte que las sentencias de la Sala Constitucional del TSJ tienen carácter vinculante y efectos Erga Omnes, inclusive para todos los órganos del Poder Público Nacional.

 

2016-09-22