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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró nula la designación de una junta administradora Ad-hoc para el Banco de Desarrollo Económico y Social (Bandes) designada el viernes 8 de este mes por el presidente de la Asamblea Nacional (AN), Juan Guaidó, bajo el Decreto N°15.
En la sentencia N° 334-2019 elaborada por el magistrado Juan José Mendoza, presidente de la mencionada Sala, se declara “la nulidad absoluta y carencia de efectos jurídicos del Decreto N° 15, emanado de la Asamblea Nacional en desacato, contentivo de la designación de la Junta Administradora ad-hoc del Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (Bandes)”.
Alega que “el írrito decreto ratifica el asalto al Estado de Derecho y a todos los Poderes Públicos”.
Precisa la disposición suscrita por la Sala Constitucional que “se ratifican medidas cautelares y se dictan medidas cautelares de prohibición de salida del país de los designados, entre otras, en tutela de los intereses de la República y del Bandes”.
2019-11-10
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