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TSJ faculta a Conatel tomar posesión de los bienes muebles de Directv y a restablecer el servicio

Sabado, 23 de mayo de 2020 a las 12:00 am
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 Libany Daniels | 2001Online.com 

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo y acordó la medida cautelar innominada solicitada por los ciudadanos Israel Marín Martínez y William Fuentes, actuando en su carácter de miembros y voceros del comité de usurarios y usuarias denominado Frente de Usuarios y Usuarias para la Defensa de los Derechos Comunicaciones.

En consecuencia, ordena a la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela S.C.A (Directv Venezuela) continuar de manera inmediata con la prestación de servicio de televisión por suscripción.

La sentencia ordena a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) tomar posesión inmediata de todos los bienes muebles e inmuebles, oficinas comerciales, sedes administrativas, centro de operaciones y transmisiones, antenas y cualquier otro equipo o instalación destinada a la prestación del servicio por suscripción gestionado por dicha empresa, para ello Conatel contará con el auxilio de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, asi lo aseguró la abogada constitucionalista, María Alejandra Díaz Marín.

Así mismo la abogada, indicó que la Sala Constitucional ordena a Conatel designar una Junta Administradora Ad-Hoc de la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela S.C.A (Directv Venezuela), la cual estará presidida por su Director General, ciudadano Jorge Elieser Márquez Monsalve, y tendrá las más amplias facultades de administración, a fin de garantizar  el restablecimiento inmediato de los servicios de televisión por suscripción y garantizar los derechos laborales de todos los trabajadores de la empresa.

Además, “la decisión acuerda prohibición de salida del país a los integrantes de la junta directiva de la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela S.C.A (Directv Venezuela). Igualmente se acuerda la inmovilización de cualquier tipo de cuenta bancaria o instrumento financiero de los cuales sean titulares”, indicó Díaz Marín.

El TSJ ordena a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) proceder a los trámites administrativos correspondientes generados por la suspensión de los pagos por servicios no prestados por la empresa, incluidas las retenciones por vía de pagos automáticos o descuentos en pagos domiciliados en tarjetas de crédito, débito u otra forma de pago, en protección a los usuarios suscriptores.

Las medidas cautelares acordadas se harán extensivas a todas aquellas operadoras de televisión por suscripción que de manera intempestiva suspendan la prestación de sus servicios.

2020-05-22

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