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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la magistrada Lourdes Benicia Suárez Anderson, anuló la sentencia del 5 de marzo de 1971 del Consejo de Guerra Permanente de Maturín que declaró terminada la averiguación penal de la muerte del ciudadano Juan Chacón Lanza, luego de declarar ha lugar la solicitud de revisión presentada por el Ministerio Público.
Sobre este caso, el 15 de de febrero de 1969, en horas de la tarde, Juan Chacón Lanza se encontró con una patrulla militar en una zona agreste del estado Monagas. Desde esa fecha no se sabe dónde está. Aunque se presume que se encuentra muerto, toda vez que se inició un procedimiento penal militar sobre su fallecimiento en un presunto "enfrentamiento", su cuerpo, que supuestamente fue enterrado por los efectivos militares, no ha sido hallado ni los responsables han revelado el lugar exacto de su inhumación. La justicia castrense de la época declaró terminada la averiguación y no estableció responsabilidades sin haber agotado una mínima investigación. Información según nota de prensa.
La Sala del Alto Tribunal en su sentencia N° 665, publicada el pasado 1 de agosto, constató en el expediente que efectivamente hay razones fundadas para creer que fue vulnerado el derecho a la vida del mencionado ciudadano, considerando tanto que los presuntos implicados ocultaron evidencias, como que la jurisdicción penal militar mostró escaso interés en investigar los hechos, con lo cual se produjo impunidad, por lo que se ordenó al Ministerio Público reabrir la investigación penal sobre la muerte de Juan Chacón Lanza.
De esta manera, el TSJ reafirma su compromiso ineludible con los derechos humanos y rechaza la impunidad de los crímenes de lesa humanidad, siempre dentro del marco del Estado de Justicia que rige nuestro país.
2016-08-05