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Inadmisible acción judicial interpuesta por Bolipuertos

Miércoles, 27 de noviembre de 2013 a las 07:30 pm
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Prensa TSJ

El Tribunal Supremo de Justicia, a través de su Sala de Casación Social y ponencia del magistrado Octavio Sisco Ricciardi, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Bolivariana de Puertos (Bolipuertos), S.A., contra una sentencia dictada el 4 de diciembre de 2012 por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia con sede en Maracaibo.

El caso se refiere a un juicio por cobro de diferencia de prestaciones sociales seguido por el ciudadano Aquiles Ramón Villasmil Polo contra Bolipuertos y Almacenadora Conaven, S.A. El mencionado juzgado superior del trabajo, el 4 de diciembre de 2012, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por las codemandadas y confirmó una sentencia del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, que declaró parcialmente con lugar la demanda.

Contra el fallo del Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la mencionada Circunscripción Judicial, Bolipuertos interpuso recurso de control de la legalidad por lo que se remitió el expediente a la Sala de Casación Social, la cual indicó que la sentencia impugnada está "ajustada a derecho pues no vulnera normas de orden público laboral, por lo que resulta innecesario desplegar la actividad jurisdiccional para el conocimiento del presente recurso de control de la legalidad, al no ajustarse la pretensión a los fines de este medio excepcional de impugnación.