A través de un comunicado, el equipo de asesores legales de la alcaldía del municipio Simón Rodríguez, El Tigre, estado Anzoátegui, informaron que se ordenó el cese total y absoluto de la toma de posesión de las áreas administrativas y operacionales del Parque Cementerio Jardines Monumental Guanipa, C.A..
Asimismo, precisaron que se instruyó la entrega formal de dichas áreas a los legítimos representantes y propietarios de forma inmediata.
En ese sentido, Edgar Marín, asesor legal de la alcaldía de El Tigre, indicó que la medida se tomó a los fines de evitar un daño al patrimonio municipal, cita una nota de prensa.
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Expropiación
Marín expresó que "ante las actuaciones ilegales e inconstitucionales dictadas por la administración anterior", la mandataria del municipio, decidió revocar, dejar sin efecto y valor jurídico alguno, las resoluciones dictadas por el exalcalde Ernesto Paraqueima Luigi, en fechas 16/01/2023 y 20/01/2023, respectivamente.
Señaló que en dichas resoluciones se declaró la extinción de la concesión por cumplimiento del plazo, la cual había sido "renovada" por la Cámara Municipal, según "acuerdo publicado en Gaceta Municipal en fecha 29-11-2022.
Donde se violó el orden jerárquico en el artículo 13 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
Explicó que un alcalde o alcaldesa a través de una resolución no puede revocar ni extinguir las decisiones dictadas a través de un acuerdo de la Cámara Municipal.
Medidas
Detalló que "los propietarios ejercieron un recurso de nulidad contra las referidas resoluciones administrativas, causa que una vez admitida, se dictó una medida innominada, contra la cual el Alcalde de turno constituyó y consignó, para garantizar las resultas del juicio, por ante ese juzgado fianza de fiel cumplimiento, hasta por la cantidad de doscientos cincuenta mil dólares americanos sin céntimos (USD. 250.000,00), hipotecando al municipio", expresó.
El asesor legal refirió que se contravino lo contemplado en el Artículo 81, Numeral 2° de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, el cual prohíbe de manera expresa al alcalde o alcaldesa y a los concejales o concejalas, celebrar contratos por sí o por interpuestas personas sobre bienes o rentas del municipio.
Aseguró que ante tales hechos, "es de imperiosa necesidad, revocar y declarar la nulidad absoluta, las comentadas resoluciones administrativa, para así evitar situaciones comprometedora y de consecuencias lamentables para el patrimonio del Municipio Simón Rodríguez".
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