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ATENCIÓN: Infracciones de motorizados que parecen "normales" (+LISTA)

Domingo, 14 de mayo de 2023 a las 05:06 pm
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La afluencia de motorizados en las calles ya avenidas venezolanos se incrementa día a dia por diversos factores.

En calles y autopistas es común ver a los conductores de dos ruedas transitar sin cumplir las normas establecidas por el Estado para la circulación de este tipo de vehículos.

Actualmente, las motos son utilizadas como camiones de carga, pues trasladan objetos de gran tamaño de un lugar a otro. También se ha vuelto común ver a más de dos personas montadas en este tipo de transporte.

Ante esta situación 2001 realizó un compendio de las normas de tránsito para vehículos de dos ruedas vigentes en el país.

Los motorizados lo hacen, pero es ilegal…

Entre las prohibiciones establecidas por el Gobierno nacional están:

Adelantar a otro vehículo que se encontrare detenido o hubiere reducido la velocidad por cederle el paso a un peatón o peatona.

Sujetarse de otro vehículo.

Transitar sobre las aceras y lugares destinados al tránsito de peatones y peatonas, en contra vía y por aquellas vías en donde las autoridades competentes lo prohíban.

Transportar objetos que disminuyan su visibilidad o de otros conductores o conductoras y que los incomoden en la conducción.

Conducir utilizando equipos o dispositivos auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Igualmente, utilizar aparatos electrónicos y de comunicación móvil o celular.

Más prohibiciones para motorizados

Circular entre canales y paralelamente a otro vehículo en movimiento en el mismo canal de tránsito

Cambiar frecuentemente de canal o pasar continuamente al centro, a la izquierda o la derecha de la vía.

Estacionarse en sitios prohibidos

Circular sin el casco de seguridad integral o que el pasajero o pasajera viaje sin este accesorio.

Transportar más de dos (02) personas incluyendo al conductor o conductora.

Transportar niños o niñas menores de diez (años), mujeres embarazadas y adultos mayores de sesenta (60) años.

Conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas, de sustancias estupefacientes o psicotrópicas o a exceso de velocidad.

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