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Conoce la normativa para vender pirotecnia en esta Navidad (+LEYES)

Jueves, 09 de noviembre de 2023 a las 08:45 pm
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En la temporada de celebraciones y festividades decembrinas el uso de pirotecnia se convierte en casi una tradición.

Sin embargo, debido a los riesgos asociados con estos productos explosivos, es fundamental garantizar la seguridad tanto de quienes los manipulan como de las personas que los adquieren.

Hace años, el Gobierno emitió una resolución para Regular la Seguridad en la Comercialización al Detal, Almacenamiento, Transporte, y uso de los Artificios Pirotécnicos, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.818 de fecha 12 de diciembre de 2011.

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En una serie de varios artículos destacan cómo debe ser la comercialización de aparatos pirotécnicos.

El comercio de pirotecnia es legal en el país, siempre y cuando se cumpla con los requisitos y exigencias de la ley, como los permisos y lugares permitidos.

Cualquier persona que realice ventas al detal, almacene o transporte los productos debe contar con permisos vigentes emitidos por la Dirección General de Armas y Explosivos (DAEX), así como por los Cuerpos de Bomberos de su municipio.

Ley sobre la venta de pirotecnia

El artículo 5 destaca que se requiere que estos explosivos estén debidamente identificados y etiquetados según las disposiciones legales y normas relacionadas con sustancias, materiales y desechos peligrosos.

Estas etiquetas deben contener información sobre los riesgos asociados y las medidas de prevención en el uso y manejo de los mismos, en un idioma comprensible para los usuarios.

Por su parte, el artículo 6 establece que los artificios pirotécnicos de tubo múltiple, como tortas u otros similares, deben incluir instrucciones para su uso.

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La resolución también indica que los vehículos destinados al transporte terrestre de artificios pirotécnicos no pueden superar una carga de cinco (5) kilogramos netos de pólvora.

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Es importante referir que el artículo 17 específica que las tiendas temporales de venta de pirotecnia no podrán estar localizadas a menos de quinientos (500) metros de:

  • Venta de Bombonas de Gas Licuado de Petróleo al detal.
  • Tanques externos de almacenamiento de líquidos combustibles e inflamables, gas inflamable o gas licuado inflamable.
  •  Estaciones de Servicio de Gasolina, Gas Natural y Gas Oil.
  • Subestaciones generadoras de electricidad.
  •  Centros asistenciales y educativos.
  • Terminales de transporte público, estaciones o terminales de transporte masivo de pasajeros, estaciones de Metro, Metro Cable, teleféricos, ferroviarias u otros medios de transporte masivo.

Se debe alertar

Para asegurar los lugares de venta y almacenamiento, se deben colocar avisos alusivos que cumplan con ciertas indicaciones.

Estos incluyen la prohibición de fumar en el área y de encender artificios pirotécnicos en el lugar.

También señalan la ubicación de extintores y la presencia de servicios eléctricos u otros elementos relevantes.

Además, se deben destacar los medios de escape disponibles en caso de emergencia.

Estos avisos buscan fomentar un ambiente seguro y controlado en torno a la manipulación y uso de los fuegos artificiales.

Cabe destacar que queda prohibida la venta a niños y adolescentes, tal y como se estable en el artículo 262 de la Lopnna.

Esta legislación declara que quien venda a un adolescente fuegos artificiales, será penado con prisión de tres meses a un año.

Diversos organismos están encargados de hacer cumplir la Resolución, como la Fanb, PNB y los organismos de seguridad municipales.

Los Cuerpos de Bomberos y Protección Civil también se ven implicados en el deber de que esta decisión legal se cumpla.

Si las autoridades inspeccionan los locales de venta de pirotecnia y no cumplen con los requerimientos o violan lo establecido en alguno de los artículos pueden decomisar la mercancía.

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