La convivencia entre vecinos es un tema amplio que queda a la perspectiva, debido a que hay cosas que pueden molestar a algunos y a otros no.
Sin embargo, hay ciertas regulaciones que incumben a toda una comunidad y no deben ser violadas.
Es así donde entra la contaminación sónica, también llamada contaminación acústica y sonora, conocida como:
“La presencia en el ambiente de ruidos o vibraciones, cualquiera que sea la fuente o emisor acústico que los origine, que implique molestia, riesgo o daño para las personas, para el desarrollo de sus actividades”.
Esta se simplifica como ruidos no deseados, molestos y dañinos.
Esos vecinos "contaminantes"…
Los casos de contaminación sónica en residencias se dan por música a todo volumen, gritos, maquinaria y cualquier actividad ruidosa.
El abogado Juan Carlos Quiñones, especialista en condominios, resalta que cada residencia debería contar con ciertas regulaciones para evitar problemas en la convivencia.
No obstante, aunque algunos carezcan de ella, también existen las ordenanzas municipales que competen a todo un municipio.
“Hay ciertos ruidos molestos que no infringen ninguna ley, como la sirena de una ambulancia o un carro de policías, a pesar de que causan molestia, son sonidos usados bajo una regulación”, explica.
En tal caso, señala la maquinaria en obras públicas, a pesar de que estas si deben contar con un horario que no perturbe a la comunidad.
También existen ruidos que molestan a algunos y a otros no, como el ladrido de un perro.
“Debe haber comunicación entre los vecinos”, comentó.
Acercamiento entre vecinos
Quiñones expresa que “no está de más hablar con el responsable de los ruidos molestos por la razón que sea. Está bien llevar a un acuerdo, pero si la persona actúa de manera grosera se puede denunciar a la policía municipal”.
El consultado destaca que hay horas de descanso que no deben ser irrespetadas, ni por trabajadores ni por vecinos, porque cuentan como una infracción a las ordenanzas.
Por su parte, Tibaire Altuve, abogada y coordinadora de MiCondominio.com, señaló a 2001 que los ruidos molestos cuentan como perturbaciones, por lo que pueden ser denunciados.
Cabe destacar que, de acuerdo a cada ordenanza municipal, hay ciertos límites que varían según región.
Hay zonas donde la música alta solo puede sonar hasta las 8 de la noche, en otros lugares es hasta las 10.
La contaminación acústica también cuenta como alteración al orden público.
Las sanciones penales dependen del municipio y el caso.
Algunos deben pagar una multa por alteración al orden público y otros pueden estar encerrados por más de 24 horas.
También tiene que ver el lugar donde se produzcan dichos ruidos molestos, como en zonas con hospitales y/o escuelas cerca.
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