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Obligación de manutención: ¿Qué pasa si el padre se fue de Venezuela?

Martes, 14 de mayo de 2024 a las 06:31 am

La Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopnna) establece que los padres tienen la obligación de proporcionar alimentos, educación, vestido, vivienda y asistencia médica a sus hijos, conocida como Obligación de Manutención.

Esta medida es para garantizar el bienestar y desarrollo integral del niño.

De acuerdo a las leyes venezolanas, esta obligación de manutención se extiende hasta que los hijos alcancen la mayoría de edad o puedan valerse por sí mismos.

Cabe destacar que la manutención se mantiene incluso en caso de divorcio o separación de los padres.

Muchos de estos casos se complican una vez que uno de los padres se va del país y no cumple con lo obligado por la ley.

¿Cómo procesar una denuncia por la falta de manutención?

La abogada Vestalia Tovar, especialista en procesal civil, explicó a 2001 que, en estos casos, el padre se ve limitado en sus acciones, incluso necesitando permiso de la madre de su hijo para salir del país.

De tal manera, se recomienda que, si el padre está ausente y no cumple con su obligación de manutención, la madre presente una denuncia ante el Ministerio Público en materia de niños y adolescentes.

El fiscal asignado para el caso realizará tres llamados al padre utilizando vías telemáticas, como números de teléfono y correos electrónicos, para que cumpla con lo acordado por la Lopnna.

La abogaba Tovar indicó que el proceso de denuncia por falta de manutención implica que la madre debe cumplir con ciertos requisitos como:

  • Presentar la partida de nacimiento del niño
  • Fotocopias de las cédulas de identidad de ambos padres
  • Inventario de gastos relacionados con la educación, alimentación, recreación y actividades extracurriculares del menor.

Este inventario se presenta ante el Ministerio Público para establecer el monto de la obligación de manutención de manera precisa y equitativa entre ambos progenitores.

¿Qué pasa si el padre no está en el país?

La obligación de manutención internacional se genera cuando el reclamante de la manutención y el deudor alimentario tienen su domicilio o residencia habitual en distintos países.

Aunque existe la Convención de Nueva York de 1956 para solicitar el pago de pensión alimenticia que le corresponde al menor de edad, Venezuela no ratificó tal tratado, por lo cual en la legislación venezolana no tiene validez.  

Por ello, los padres deben de llegar a un acuerdo por mutuo acuerdo y en algunos casos con cooperación internacional en relación con la obligación de manutención de acuerdo a lo establecido por la ley.

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