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¿Sabes cómo tener "reglas claras" en el concubinato? Aquí te lo contamos

Domingo, 12 de marzo de 2023 a las 07:00 am
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En Venezuela el concubinato es una unión estable semejante al matrimonio de un hombre y una mujer.

Las diferencias entre la unión libre y el matrimonio formal son tan marcadas como las similitudes entre ambas figuras.

2001 consultó a profesionales del derecho para reiterar cuáles son esas normas de convivencia que deben quedar claras entre los concubinos, así como algunos de los derechos más inmediatos.

Modesta Pinto, abogada civil, mencionó que el artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) establece que el Estado protegerá a las familias como asociación natural de la sociedad.

“La unión concubinaria representa la pareja de un hombre y una mujer que conviven en una unión similar al matrimonio, pero sin que se hayan unido mediante la celebración del mismo”, destacó.

Pinto expuso que el concubinato es un concepto jurídico que debe cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 767 del Código Civil.

“Se trata de una unión libre no matrimonial, personas que no tienen impedimentos para el matrimonio entre sí cuando deseen asumirlo”, dijo la jurista.

Agregó que este tipo de convivencia se caracteriza por la permanencia de la vida en común.

No obstante, recordó que el concubinato requiere cierta calificación formal.

Para ello debe ser declarada por un juez y, una vez probada por sentencia, se producen los efectos jurídicos.

“El concubino interesado podrá reclamar los derechos que le haya generado esta relación una vez que la misma haya terminado”, puntualizó Pinto.

En opinión de la abogada la diferencia entre el concubinato y el matrimonio, “es la legalidad entre Dios y el mundo y la unión estable de hechos” (Concubinato).

Por el contrario, expresó que la forma de unión libre representa la ilegalidad en este tema. Es decir, lo que no está constituido bajo el ordenamiento legal.

Pinto acotó que, en el artículo 767 del Código Civil se subrayan las diferencias entre estas dos diferencias.

Sin embargo, refirió que la Ley contempla los mismos derechos al concubinato que otorgó el Estado a través de la legalidad jurídica.

2001 también entrevistó a Nahomi Gil, juez suplente de los tribunales de municipio del Área Metropolitana de Caracas, AMC.

La profesional del derecho explicó que deben existir algunas condiciones al momento de establecer una relación bajo concubinato.

“El concubinato es parecido al matrimonio, estos tienen derechos y deberes recíprocos inherentes a la familia, alimentación, sucesorios y demás reconocidos en las leyes”, apuntó.

Sin embargo, aclaró que este acuerdo debe ser público y notorio, así como regular y permanente.

“Debe ser entre un hombre y una mujer, y debe tener un lapso mayor de dos años”, resaltó.

Asimismo, reveló que por la poca formalidad de esta unión los civiles desestiman este requisito.

“Todavía hay personas que obvian este registro, pero, más son las prefieren saltar este paso por lo expedito de su trámite”, manifestó Gil.

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