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España prohíbe a influencers promocionar alimentos poco saludables para los niños

Miércoles, 09 de marzo de 2022 a las 12:49 pm
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“Influencers”, deportistas y otras personas famosas ya no podrán anunciar o promocionar alimentos o bebidas que no sean saludables orientadas a un público infantil. Así lo estipula el borrador que el Ministerio de Consumo dio a conocer esta semana sobre la regulación de la publicidad de alimentos y bebidas dirigidas a los menores de 16 años.

El texto promovido por el ministro del ramo, Alberto Garzón, prohibirá que madres o padres, educadores, docentes, deportistas, artistas; ‘influencers’ o cualquier otro personaje relevante para el público infantil; incluidos los de ficción, aparezca en comunicaciones comerciales de alimentos y bebidas dirigidas a niños, tanto saludables como no saludables. Para estos últimos, el veto será total para cualquier tipo de publicidad o comunicación comercial.

Por el contrario, Garzón apuesta por la participación de personas y personajes de relevancia o notoriedad para el público infantil en campañas de salud pública y educativas cuyo fin sea el de promover la actividad física y los hábitos de alimentación saludable, sostenible y responsable.

Además, el proyecto también limita la promoción en forma de premios, regalos, concursos; sorteos o patrocinios que persigan apoyar la publicidad de alimentos y bebidas con alto contenido en sodio, azúcares, edulcorantes, grasas y ácidos grasos saturados.

Medidas en canales de televisión infantiles

Estas medidas serán de aplicación en los canales de televisión infantiles, así como en los canales generalistas; en los siguientes casos: programas dirigidos al público infantil; franjas horarias de protección reforzada infantil; bloques publicitarios anteriores o posteriores a programas dirigidos específica o principalmente a niños; bloques de programación con una audiencia del 25 % o mayor de este público.

La norma también atañerá, además de a la televisión, a contenidos radiofónicos, prensa escrita, salas de cine; publicidad en Internet, redes sociales, webs o aplicaciones móviles.

El texto recoge una moratoria para los contratos en vigor a partir de la fecha en la que se apruebe la legislación para que los anunciantes puedan adaptarse a la nueva ley, que se prevé que contemple un plazo de seis meses.

Con información de rt.com

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