El Ejecutivo Nacional ordenó la exoneración del Impuesto Sobre la Renta a las Asociaciones Cooperativas durante un año, así quedó decretado en la Gaceta Oficial número 42399, de fecha 15 de junio.
Las Asociaciones Cooperativas son asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y derecho cooperativo, de la economía social y participativa, autónomas; de personas que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas; sociales y culturales comunes para generar bienestar integral, colectivo y personal; por medio de procesos y empresas de propiedad colectiva, gestionadas y controladas democráticamente, explicó Banca y Negocios.
Asimismo, PwC Venezuela destacó que las Asociaciones Cooperativas deberán sin excepción actualizar su Registro Único de Información Fiscal para lo cual deben presentar el Certificado de Cumplimiento vigente emitido por la Superintendencia Nacional de Cooperativas.
De igual manera, destacó que perderán el beneficio de exoneración las que no cumplan los requisitos exigidas por el Decreto de Exoneración; la Ley de Impuesto Sobre la Renta y el resto de las normas aplicables.
También, la exoneración aplicará a los ejercicios fiscales que se encuentren en curso en la fecha de entrada en vigencia del decreto.
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