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Esto decidió la Audiencia Española sobre la extradición de Ninoska Vásquez a México

Lunes, 27 de febrero de 2023 a las 12:20 pm
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La Audiencia Nacional de España rechazó extraditar a México a la modelo venezolana Ninoska Vásquez, a quien se le acusa en el país centroamericano por presuntamente captar jóvenes, bajo la promesa de trabajar como azafatas, para obligarlas a prostituirse.

Las autoridades, determinó, a través de los datos del pasaporte de la Miss Earth Venezuela 2017, que no se encontraba en México el 9 de octubre de 2021, cuando se registraron los hechos. 

Según reseña  Europa Press, en un auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el tribunal indicó que hay una constatación real de la existencia de amenazas por parte de la expareja de la modelo, un empresario mexicano.

Los magistrados puntualizaron que el conocimiento que este tenía de la tramitación de la propia extradición por parte de México "resulta de difícil comprensión". Además, "permite dudar del origen de las actuaciones". 

En ese mismo orden, apuntan que les llama la atención "la cantidad de vídeos y mensajes de WhatsApp, unidos a las actuaciones y visionados por el tribunal en los que se constata la veracidad de las amenazas.

Constataron las amenazas

Su expareja le dijo que “la va hundir”, que quería “hacerla sufrir”, que “la odia”, que va a “echarla de México a ella y a su familia” u otros. Asimismo,  hace referencia a todo lo que puede “conseguir el dinero” y, de que irá “a la cárcel si regresa a EEUU”.

Por otro lado, el tribunal sumó otro motivo para impedir la entrega de Ninoska Vásquez, y es que se da una falta de cumplimiento de los requisitos formales en la demanda de extradición.

Se debe a que en la orden de detención, del 2 de junio de 2022, no figuran los hechos atribuidos a la reclamada y por los que las autoridades mexicanas solicitan su entrega para su enjuiciamiento.  

Para los magistrados, esto supone que la Sala no puede analizar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Tratado de Extradición entre ambos países.

Añade que la descripción de los hechos que recoge llega sin refrendo judicial alguno en el documento suscrito por la embajada. Por tanto, carece del valor de una imputación en el seno de un procedimiento penal. 

No estuvo en México

Sobre el pasaporte, reitera la Sala que en la documentación obrante en el expediente y los datos que figuran en el pasaporte de Ninoska Vazquez permiten concluir que la reclamada no se encontraba en México el 9 de octubre de 2021 en el que supuestamente conminó y amenazó a dos jóvenes a tener relaciones sexuales forzadas con dos varones. "Razón por la cual, a la vista de la imposibilidad material de cometer el hecho imputado, no procede la entrega", apunta la Sala.

La Audiencia concluye que la demanda extradicional no cumple con los requisitos formales exigidos en el Tratado entre ambos países, ni resulta materialmente posible que la reclamada cometiera los hechos atribuidos.

Además, agrega, se deduce de la documentación aportada "un eventual ánimo espurio y torticero" que no puede ser respaldado en derecho y así lo establece nuestro ordenamiento jurídico de conformidad con el artículo 11.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Con información de Europa Press.

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