Actualmente, muchas personas en países clave están haciendo peticiones para la aprobación de un Permiso de Permanencia Temporal, mejor conocido como Parole Humanitario, descubra cómo puede saber si su solicitud fue aprobada.
Recordemos que, el permiso de permanencia temporal le permite viajar y permanecer en el país por un periodo temporal.
Pero, solo a las personas que de otra manera resultna inadmisibles o inelegibles para ser admitidos a EEUU.
En este caso, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) da una respuesta para esta incógnita de los solicitantes.
Aviso oficial del USCIS
Si el beneficiario parece ser elegible para el Parole, el USCIS indica que le enviará una notificación de aprobación condicional o una notificación de la continuación del procesamiento del permiso al peticionario y a cualquier representante autorizado.
Una notificación de aprobación condicional o una notificación de la continuación del procesamiento del permiso proporciona información acerca de las próximas etapas de la petición de permiso.
Otras formas de comprobación
De todas formas, El USCIS indica que pueden revisar el estatus de su caso de inmigración por internet, visitando el siguiente enlace: https://egov.uscis.gov/casestatus/landing.do.
Además, puede preguntar por su caso de Parole por teléfono.
Si llama desde Estados Unidos, comuníquese con el Centro Nacional de Atención al Cliente de USCIS llamando al 1-800-375-5283 (presione 2 para español).
Y al 1-800-767-1833 (TTY, para personas con problemas auditivos).
Si llama desde el extranjero, llame al +1-212-620-3418 (marque 2 para español) o comuníquese con una de las oficinas internacionales de USCIS.
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¿Y después?
La información adicional que debe tener la notificación del USCIS sobre su aprobación de Parole incluye pasos posteriores como:
La programación de una cita con la embajada de EEUU, toma de los biométricos, obtención de documentos de viaje y cualquier condición que el beneficiario deba cumplir si obtiene el permiso de permanencia temporal en EEUU.
Si el beneficiario está en un país que tiene una embajada o consulado estadounidense, también notificaran sobre su decisión a la embajada o consulado estadounidense más cercano a la residencia del beneficiario.
Si el beneficiario no está en un país que tenga una embajada o consulado estadounidense, el peticionario debe viajar a uno que sí cuente con el acceso.
Luego, debe notificar a la USCIS que se encuentra en una localidad que tenga una embajada o consulado estadounidense antes de que puedan continuar procesando el permiso de permanencia temporal.
Así mismo, si se deniega la petición, le enviarán por correo con una carta de denegación al peticionario, al beneficiario y a cualquier representante autorizado.
Casos condicionales
Una vez que USCIS aprueba una petición de manera condicional, la notificación le informará al peticionario que el beneficiario debe completar el Formulario DS-160 (Solicitud de Visa de No Inmigrante).
También debe comparecer a una cita con la sección consular del Departamento de Estado para verificar su identidad y proporcionar los datos biométricos para las investigaciones de seguridad adicionales.
Si durante el proceso de investigación no se identifica información adversa (negativa) o sobre una nueva identidad, el consulado estadounidense expedirá un documento llamado “sello” o “folio de abordaje”.
Este le permite al beneficiario viajar a EEUU, por Parole, dentro de los 30 días después de expedido.
Luego, un oficial de CBP inspecciona al beneficiario en un puerto de entrada.
Si CBP autoriza el permiso de permanencia temporal para el beneficiario, le expedirá a la persona que obtiene el permiso de permanencia temporal (“parolee”) un Formulario I-94.
Este corresponde al “Registro de Entrada/Salida”, donde se documenta su periodo autorizado de permiso.
El periodo de permiso de permanencia temporal comienza cuando CBP autoriza el permiso de permanencia al beneficiario en el puerto de entrada.
Con información de USCIS
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