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Conozca qué es la visa R-1 y quiénes pueden aplicar para entrar a EEUU (+Detalles)

Miércoles, 24 de julio de 2024 a las 10:46 am

Estados Unidos (EEUU) tiene una amplia variedad de visas según una gran variedad de factores, en esta oportunidad presentamos la visa R-1, sepa de qué se trata y si puedes aplicar a ella.

Lo primero que hay que tener en claro es que para entrar a EEUU legalmente se requiere de una visa, excepto por algunos casos especiales, y existe una gran variedad de ellas.

La visa tipo R-1 es un permiso especial y está destinada exclusivamente a las personas que solicitan entrar a Estados Unidos para desarrollar, de manera temporal, alguna actividad laboral de carácter netamente religioso.

Principalmente, en esta lista se ubican perfiles que están autorizados por una institución eclesiástica libre de impuestos, así lo indica el especialista Gonzáles Olivieri.

Olivieri es representante de una firma de abogados en Texas, y compartió todos los detalles de esta visa a través de su cuenta en Youtube @Raed Gonzalez.

Entonces, las autoridades que pueden solicitar esta visa son sacerdotes, ministros episcopales, monjes, rabinos, budistas, diáconos.

En esta lista también están incluidas personas que tengan a su cargo ceremonias religiosas o realicen estudios vocacionales sobre su profesión.

Este tipo de visa puede demorarse de dos a tres meses para ser aprobada. Además, tiene un valor de $129 por persona. 

Estos son los beneficios de entrar a EEUU con visa R-1

  • Viajar dentro y fuera del territorio estadounidense.
  • Permanecer legalmente en EEUU por un período de estancia de 30 meses, con extensiones de hasta un total máximo de 5 años.
  • Trabajar legalmente en los EEUU en una labor religiosa.
  • Ingreso al país de sus familiares inmediatos (cónyuge e hijos menores de 21 años).
  • Permite a sus titulares optar por la residencia permanente y más adelante la ciudadanía americana.

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EEUU: ¿Qué se requiere para optar por este tipo de visa?

  • Ser miembro autorizado de alguna entidad u organización religiosa sin fines de lucro reconocida por los EEUU.
  • Ha sido miembro por al menos 2 años con la entidad u organización religiosa antes de presentar la solicitud de la visa religiosa.
  • De obtener la visa R, tiene la intención de abandonar los EEUU antes de concluir el tiempo de su visado.
  • De ser un trabajador religioso a tiempo parcial, tiene que laborar 20 horas semanales como mínimo.
  • Contar con documentos en donde se detallen los activos financieros que posee la entidad religiosa y/o sus finanzas.
  • Es una autoridad religiosa, ya sea un ministro, sacerdote, pastor, diácono, etc.
  • En caso de realizar una labor religiosa de carácter vocacional y no profesional, debe estar cualificado para cumplir con su función.
  • En caso de haber estado 5 años en los EEUU bajo el estatus de trabajador religioso, tiene que permanecer fuera de los EEUU por un mínimo de un año.

Adicional a ello, debe de presentar los siguientes documentos: 

  • Carta de un representante autorizado de la organización religiosa donde certifique su membresía religiosa.

Además, debe demostrar su membresía en la organización religiosa por un periodo de dos años.

  • Evidencia de los activos financieros de la organización religiosa.
  • Documentación de la organización religiosa.
  • Si es ministro: Estar autorizado para liderar el culto religioso. Adicionalmente, sus funciones deben estar descritas en su totalidad.
  • Profesional religioso: En este caso debe presentar al menos un título o su equivalente.
  • Trabajador vocacional o no profesional: Deberá demostrar que está calificado para realizar la actividad religiosa.
  • Si trabajará para una organización afiliada: Presentar una descripción existente entre ambas organizaciones.

Así puedes tramitarla

Lo primero que hay que hacer es que un empleador en EEUU presente una petición, la cual se traduce al Formulario I-129 al Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS).

Una vez que se haga esta petición, el empleador tiene que mostrar evidencias que lo vinculen con actividades religiosas.

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Una vez que se apruebe, hay que presentar la siguiente documentación:

  • Formulario (DS-160), Solicitud Electrónica para Visa de No Inmigrante.
  • Pasaporte válido y vigente para viajar a Estados Unidos.
  • Dos fotografías tamaño 2×2 pulgadas recientes como lo indica el sistema.
  • Recibo de pago de tarifa por un valor de $190 por concepto de cuota de procesamiento de la solicitud.
  • Exámenes médicos recientes.
  • Patrocinio financiero.
  • Documentos civiles, estos pueden ser: Certificación de nacimiento y Certificación de matrimonio.

Con información de RPP Capital

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