El Departamento de Desarrollo del Empleo de California (EDD) brinda asistencia a trabajadores indocumentados en el estado, aunque el acceso a todos los programas y servicios es limitado. Si bien el EDD ofrece algunos beneficios y recursos a trabajadores indocumentados, estos no tienen acceso a la totalidad de los programas y servicios disponibles para ciudadanos y residentes legales.
Las leyes y regulaciones que afectan a la inmigración y el empleo cambian con frecuencia, por lo que es crucial mantenerse informado para conocer los derechos y responsabilidades actuales.
¿Cuáles son los beneficios que tienen los trabajadores indocumentados en California?
Seguro de Incapacidad (DI)
El Seguro de Incapacidad (DI) brinda asistencia financiera a los trabajadores que no pueden trabajar debido a una enfermedad o lesión no relacionada con el trabajo.
Los trabajadores indocumentados pueden ser elegibles para el DI si cumplen con ciertos requisitos, como tener un historial laboral reciente y haber contribuido al programa mediante deducciones de sus cheques de pago.
Permiso Familiar Pagado (PFL)
El Permiso Familiar Pagado (PFL) ofrece a los empleados elegibles hasta ocho semanas de licencia pagada para cuidar a un familiar nuevo o enfermo, o para vincularse con un hijo adoptado o de acogida.
Los trabajadores indocumentados pueden ser elegibles para el PFL si cumplen con ciertos requisitos de empleo y contribución.
Servicios de asistencia laboral
El EDD ofrece una variedad de servicios de asistencia laboral para ayudar a los trabajadores a encontrar empleo, desarrollar sus habilidades y obtener capacitación.
Estos servicios generalmente están disponibles para todos los trabajadores, independientemente de su estatus migratorio.
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¿Quiénes pueden solicitar estos recursos?
Seguro de incapacidad
- Personas enfermas o con lesiones no relacionadas con su trabajo.
- Embarazadas (son elegibles por lo menos cuatro semanas antes del nacimiento).
- Parto (hasta seis semanas para parto normal y ocho semanas para cesárea).
Cabe destacar que, puede recibir DI por hasta 52 semanas si es elegible.
Permiso Familiar Pagado
Se puede solicitar beneficios del PFL para:
- Cuidar de un familiar que está gravemente enfermo (hijo, padre, suegro, abuelo, nieto, hermano, cónyuge o pareja doméstica registrada).
- Crear lazos afectivos con un niño recién nacido, adoptado, o bajo cuidado de crianza temporal (foster care) dentro de un año del nacimiento del niño o de la colocación en el hogar.
- Participar en un evento aprobado debido al despliegue militar de un familiar.
Puede recibir PFL por hasta 8 semanas dentro de un periodo de 12 meses si cumple con los requisitos de elegibilidad.
¿Cuándo se debe presentar la solicitud?
Para DI, presente la solicitud dentro de los 49 días a partir del primer día en que dejó de trabajar debido a su incapacidad.
Para PFL, presente la solicitud dentro de los 41 días a partir del primer día en que dejó de trabajar debido a su ausencia familiar
Es importante mencionar que, no puede solicitar los beneficios antes, pero puede solicitarlos tarde si es que tiene una buena justificación para la demora. Si presenta una solicitud tarde incluya una carta con la solicitud en la que explique el motivo de su retraso.
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¿Cómo se debe presentar la solicitud para estos beneficios?
El EDD señala que si es un trabajador indocumentado y no tiene su propio número de Seguro Social, debe solicitar y enviar un formulario impreso.
La solicitud por internet le pide su número de Seguro Social y no puede presentarla sin agregar este númer. Sin embargo usted puede dejar este espacio en blanco si llena la solicitud impresa.
Para obtener el formulario de la solicitud impreso, siga las instrucciones que se indican a continuación:
Para DI, puede elegir algunas de las siguientes opciones:
- Visite la página Formularios y Publicaciones y ordene un formulario por internet para que se lo envíen por correo postal dentro de 10 días. Busque la Solicitud de Beneficios del Seguro de Incapacidad (DE 2501). Los formularios del DI solamente se pueden ordenar pero no descargar.
- Visite una oficina del SDI.
- Pregunte en el consultorio de su médico o de su empleador si ellos tienen una copia de la solicitud.
- Comuníquese al 1-800-480-3287 para solicitar un formulario.
Para PFL, puede elegir alguna de las siguientes opciones:
- Visite la página Formularios y Publicaciones y ordene un formulario por internet para que se lo envíen por correo postal dentro de 10 días. Busque la Solicitud de Beneficios del Permiso Familiar Pagado(PFL) (DE 2501F/S)
- Inglés: Usted no puede descargar e imprimir la versión en inglés del DE 2501F directamente, pero puede ordenar el formulario por internet, y se lo enviaremos por correo postal.
- Español: Puede descargar la versión en español de este formulario (DE 2501F/S) e imprimirlo directamente.
- Visite una oficina del SDI.
- Pregunte en el consultorio de su médico o de su empleador si ellos tienen una copia de la solicitud.
Comuníquese al 1-877-238-4373 para solicitar un formulario.
Con información de CA.gov
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