Al solicitar la ciudadanía en los Estados Unidos (EEUU), se deben contestar preguntas en el formulario N-400 y una de las que ha generado muchas reacciones es la que hace referencia al consumo de bebidas alcohólicas.
Esta interrogante aparece en la pregunta 30 A de información adicional en la Parte 12 y se trata sobre el consumo de estas bebidas en cenas familiares o en compañía de amiga.
Esta pregunta es realizada por las autoridades para determinar si el solicitante tiene un buen comportamiento moral y si puede ser considerado una persona admisible a EEUU.
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La ciudadanía y las bebidas alcohólicas
Al contestar a la pregunta en inglés ¿Alguna vez has sido un “borracho habitual”? —Haver you ever been an habitual drunkard?—, se debe saber cómo definen las autoridades este término primero.
Según los expertos en leyes de inmigración y ciudadanía en los EEUU aseguraron que beber socialmente no convierte a una persona en un “borracho habitual”.
Este término proviene de una antigua sección de la Ley de Inmigración y Nacionalidad —INA § 101(f) que decía no poder establecerse que tenga un buen carácter moral “quien es o fue bebedor habitual durante el periodo para el cual se requiere que se establezca un buen carácter moral”.
Legislación en contra del alcoholismo
Así que esta ley afecta a personas que sufren de alcoholismo, una enfermedad reconocida durante mucho tiempo como una discapacidad física en el mundo.
Pero, las autoridades establecieron que existen cuatro maneras de ser un “habitual drunkard ” o “borracho habitual”:
▪ Persona con un trastorno crónico por consumo de alcohol.
▪ Persona que bebe en exceso regularmente.
▪ Persona que no puede controlar sus acciones mientras bebe.
▪ Persona que daña a los demás cuando bebe.
La legislación afecta a las personas que han arrestado en estado de embriaguez y con muestras de conducta desordenada en lugares públicos. También, a los que conducen bajo la influencia del alcohol u otras drogas (DUI o DWI).
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Revisión minuciosa del Uscis
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EEUU (Uscis), siempre investiga a quienes tienen un problema con el alcohol mediante el registro de arrestos y antecedentes, ante cualquier solicitud que vayan a procesar.
Es importante saber que USCIS no considera “borracho habitual” a una persona que no se ha convertido en adicta al alcohol y que no bebe hasta el punto de tener problemas con la ley.
Tampoco niega la ciudadanía por motivos de buen carácter moral a un bebedor social.
Con información de Los Ángeles Time
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