En Florida, Estados Unidos (EEUU), se firmó una ley que establece nuevos parámetros para juzgar a infractores de tránsito y que revoca la licencia de conducir, te decimos de qué se trata.
Se trata de la ley HB 1133 que entrará en vigencia el 1ro de julio de 2024.
Esta fue una propuesta originalmente aprobada por la Cámara de Representantes el pasado 29 de febrero, y posteriormente por el Senado 6 de marzo.
El Gobernador de Florida, Ron DeSantis, promulgó esta ley que ahora establece nuevas penas, y más severas, para los conductores que comentan faltas de tránsito.
Sobre todo, para aquellos conductores que irresponsablemente causen lesiones corporales graves a un ‘usuario vulnerable’.
¿Cuál es el castigo para los infractores y qué pasa con la licencia?
En principio, esta nueva legislación de interés para los conductores en Florida establece multas.
Una persona que cometa una infracción de tránsito que cause lesiones corporales graves a un usuario vulnerable en un camino debe pagar una multa de no menos de 1.500 dólares.
También estipula que estipula una persona que cometa una infracción de tránsito que cause la muerte de un usuario vulnerable debe pagar una multa de no menos de $5.000.
Además de asistir a un curso de mejora del conductor aprobado por el Florida Highway Safety and Motor Vehicles (DHSMV).
La actual legislación que se encuentra en vigencia este momento señala que el infractor no está obligado a tomar un curso de mejora del conductor, siempre y cuando este se detenga, de su información y preste ayuda.
En esos casos, exige que un tribunal revoque la licencia de conducir de la persona durante al menos un año.
Se debe tomar en cuenta que, para el estado de Florida, una “lesión corporal grave” se refiere a una herida sufrida por una persona, incluido el conductor, que consiste en una condición física que crea un riesgo sustancial de:
- Muerte, desfiguración personal grave, pérdida o deterioro prolongado de la función de un miembro del cuerpo u órgano.
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¿A quiénes protege la nueva ley de Florida?
Con usuarios vulnerables la ley hace referencia a:
- Peatones.
- Personas que trabajan en una carretera o en instalaciones de servicios públicos a lo largo de una ruta.
- Aquellos que se dedican a la prestación de servicios de emergencia dentro del derecho de paso.
- Quienes conducen legalmente una bicicleta, una bicicleta eléctrica, una moto, un scooter o un ciclomotor en la vía pública.
- Personas montadas sobre un animal como un caballo.
Así mismo, también contempla a personas que se encuentren en:
- Un tractor o vehículo similar diseñado principalmente para uso agrícola.
- Una patineta, patines o patines en línea.
- Un carruaje tirado por caballos.
- Un dispositivo eléctrico de asistencia personal a la movilidad.
- Una silla de ruedas.
Con información de La Nación
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