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MARTES, 16 DE JULIO DE 2024
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Florida | Con estos pasos puedes renovar la licencia de conducir y tarjeta de identificación

por Avatar Rosa León
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Florida | Con estos pasos puedes renovar la licencia de conducir y tarjeta de identificación
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La licencia de conducir y la tarjeta de identificación de Florida son emitidas a través del Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados (Flhsmv, por sus siglas en inglés).

Para renovar o reemplazar esos documentos, en caso de que cambie de dirección, robo, extravío o fin de la vigencia, hay que realizar un trámite en línea o personalmente en una oficina de la agencia.

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En ese sentido, el Flhsmv explica en su sitio web que los residentes deben renovar las credenciales cada ocho años. La fecha de vencimiento aparece en la identificación.

Los titulares de licencias de conducir pueden renovarla hasta 18 meses antes de la vigencia, mientras que los de tarjetas de identificación pueden hacerlo 12 meses antes.

¿Quiénes pueden reemplazar la licencia?

Para reemplazar la licencia de conducir, los conductores y usuarios pueden hacerlo antes del vencimiento si la credencial se pierde, es robada o necesitan hacer una actualización. En estos casos se puede realizar el trámite:

  • Si hay un cambio de dirección, tienen 30 días para actualizar.
  • Si hay un cambio de nombre, primero deben actualizar con la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) y presentar una orden judicial original o certificada de matrimonio.
  • Si se pierde o es robada.
  • Si se desea agregar o actualizar una designación u otra información enumerada en la credencial.

¿Cómo renovar o reemplazar la licencia de conducir o tarjeta de identificación?

El Flhsmv ofrece una forma rápida de renovar las credenciales en línea a través MyDMV Portal. En esa misma aplicación se puede actualizar la dirección y reemplazar una credencial perdida o robada. El departamento advierte que para hacer uso de los servicios por Internet debe verificar el número de seguro social del cliente y que, en caso de no obtener resultados, el solicitante debe hacer un seguimiento con la SSA.

Luego de terminar el trámite en la cuenta, una vez que se determinó su elegibilidad, se recibirá la credencial por correo de dos a tres semanas posteriores. Se aplicará una tarifa de procesamiento de dos dólares. En la página de confirmación de pago, los clientes deben seleccionar ‘sí’, ingresar una dirección de correo electrónico y hacer clic en ‘enviar’ para recibir los datos de su transacción.

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Trámite en las oficinas:

Los clientes pueden visitar cualquier centro de servicio de licencias de conducir en todo el estado para renovar o reemplazar sus credenciales. Para ayudar a localizar el más cercano, el departamento pone a disposición una herramienta en su sitio web. Los casos en los que deben acudir son:

  • Cuando se utilizó el servicio de conveniencia en línea en su última renovación.
  • Si no cumple con la Real ID.
  • Cuando desea actualizar su foto.
  • Si cambió el nombre y presenta una orden judicial original o certificada o un certificado de matrimonio.
  • Cuando desea agregar o eliminar una designación, o tiene una orden judicial para actualizar su credencial.
  • Si el cliente tiene una licencia de conducir comercial.
  • Si la licencia tiene la palabra “TEMPORARY” impresa en ella.

Tanto los ciudadanos como los no ciudadanos deberán llevar: tarjeta de Seguro Social o comprobante de su número y dos documentos que demuestren su residencia principal. Los registros que deberán llevar, para algunos casos:

Para ciudadanos estadounidenses

  • Pasaporte estadounidense válido y vigente.
  • Original o copia certificada del acta de nacimiento.
  • Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero.
  • Certificado de Naturalización emitido por el Departamento de Seguridad Nacional.
  • Certificado de ciudadanía.
  • Para los casos en que el nombre actual y el nombre que figura en el documento de identidad principal sean diferentes, también deberá llevar: documento de cambio de nombre ordenado por el tribunal; certificado de matrimonio, emitido por los tribunales y/o sentencia de divorcio emitida por los tribunales.

Para no ciudadanos

  • Tarjeta de residente permanente válida y vigente: I-551 para residentes permanentes legales.
  • Pasaporte válido para no inmigrantes, excepto para solicitantes de asilo y refugiados.
  • Otro documento emitido por el gobierno que muestre su nombre completo.
  • Documento del Departamento de Seguridad Nacional que muestra prueba de presencia legal.
  • Si su nombre ha cambiado por matrimonio o divorcio, debe cambiar su nombre en sus documentos del Servicio de Ciudadanía e Inmigración.

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Con información La Nación

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