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EEUU | ¿Los inmigrantes pueden recibir cheques de estímulo? Le contamos

Martes, 30 de julio de 2024 a las 08:40 pm
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Los inmigrantes aspiran la estabilidad social y financiera al arribar a Estados Unidos, por ello, los cheques de estímulo pueden ayudarlos con este objetivo.

Tras el estallido del covid-19 en el 2020, el congreso dio rienda suelta a la conformación de tres cheques de estímulo para los más vulnerables.

El primer pago fue entre 500 y 1.200 dólares, el segundo de 600 dólares por persona y el tercero tuvo un valor de 1.400 dólares.

Según el portal de Get it Back, los inmigrantes todavía tienen chance para ser acreedores de este subsidio social y financiero.

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Más detalles

Por otra parte, para ser elegibles en los cheques de estímulo, el promedio salarial por año debe ser igual o inferior a:

  • Entre 0 y 75.000 dólares, para un solo declarante. Quien recibiría 99.000 dólares en su primer cheque, 87.000 dólares en el segundo y 80.000 en el último.
  • De 0 a 150.000 dólares, para casados o declaración conjunta. Quienes recibirían 198.000 dólares en su primer cheque, 174.000 dólares en el segundo y 160.000 en el último.
  • Desde 0 a 112.500 dólares, para jefes de familia. Cuyo monto en el primer cheque sería de 136.500 dólares, 124.500 en el segundo y 120.000 en el último.

Es importante resaltar, que quienes no recibieron sus dos primeros cheques de estímulo todavía tienen chance de reclamar el último al presentar la declaración de impuestos del 2021 antes del 18 de abril del 2025, resalta Get It Back.

Pasos para cobrar los cheques de estímulo

Es imprescindible que alguien del grupo familiar tenga el número del seguro social y seguidamente debe presentar una declaración de impuestos.

Por otra parte, para gozar de los cheques de estímulo es necesario que:

  • El solicitante o su pareja, en caso de que la declaración sea conjunta, estén por debajo de los límites de ingreso.
  • Es importante que no esté declarado como dependiente en la declaración de alguien más, es decir, que reciba apoyo económico y viva con una persona por más de un año.
  • Que el interesado o su cónyuge tengan a la mano el número de su seguro social.
  • Es importante que el aplicante sea ciudadano norteamericano o, en su defecto, que sea residente permanente o un extranjero residente que esté calificado.

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