La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC por sus siglas en inglés) emitió este jueves 29 de enero una nueva licencia general que permite realizar diversas transacciones con el petróleo venezolano.
El Departamento del Tesoro difundió el documento en su sitio web oficial, el cual dicta las condiciones para esta licencia general Nº 46.
Alivio de sanciones contra Venezuela
De acuerdo con el documento, emitido por la OFAC, el mismo se divide en 2 partes, a y b, según la primera, indica que esta licencia "autoriza todas las transacciones prohibidas por el Reglamento de Sanciones contra Venezuela".
Asimismo, señala que estas transacciones incluyen las que "involucren al Gobierno de Venezuela, Petróleos de Venezuela, S.A. (Pdvsa), o cualquier entidad en la que Pdvsa posea, directa o indirectamente, una participación del 50 por ciento o superior (en conjunto, “Entidades de PdVSA”), que sean habituales y necesarias para la extracción, exportación, reexportación, venta, reventa, suministro, almacenamiento, comercialización, compra, entrega o transporte de petróleo de origen venezolano, incluido el refinado de dicho petróleo, por parte de una entidad estadounidense establecida".
Para realizar estas transacciones debe cumplir ciertos parámetros, entre ellos:
- Cualquier contrato para dichas transacciones con el Gobierno de Venezuela, Pdvsa o las entidades de Pdvsa debe especificar que las leyes de los Estados Unidos o de cualquier jurisdicción dentro de los Estados Unidos rigen el contrato y que cualquier resolución de controversias en virtud del contrato se lleve a cabo en los Estados Unidos
- Cualquier pago monetario a una persona bloqueada se realice en los Fondos de Depósito del Gobierno Extranjero, según lo especificado en la Orden Ejecutiva 14373 del 9 de enero de 2026, o en cualquier otra cuenta según lo indique el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos.
Adicionalmente, destaca que estas transacciones incluyen "la organización de servicios de envío y logística, incluido el fletamento de buques, la obtención de seguros marítimos y cobertura de protección e indemnización (P&I), y la organización de servicios portuarios y terminales, incluso con autoridades portuarias u operadores de terminales que formen parte del Gobierno de Venezuela".
Licencia General Nº46
Por la parte b del documento, indica qué es lo que no autoriza esta Licencia General Nº 46, emitida por la OFAC:
- Condiciones de pago que no sean comercialmente razonables, que impliquen canjes de deuda o pagos en oro, o que estén denominadas en moneda digital, criptomoneda o tokens digitales emitidos por, para o en nombre del Gobierno de Venezuela, incluido el petro.
- Cualquier transacción que involucre a una persona ubicada en la Federación Rusa, la República Islámica de Irán, la República Popular Democrática de Corea, la República de Cuba, o cualquier entidad que sea propiedad o esté bajo el control, directa o indirectamente, de dichas personas o en una empresa conjunta con ellas.
- Cualquier transacción que involucre a una entidad ubicada en Venezuela o Estados Unidos que sea propiedad o esté bajo el control, directa o indirectamente, de una persona ubicada en la República Popular China o en una empresa conjunta con ella.
- El desbloqueo de cualquier propiedad bloqueada de conformidad con el Reglamento de Sanciones de Venezuela.
- Cualquier transacción que involucre un buque bloqueado.
Para los casos de transacciones con el petróleo venezolano con países distintos de EEUU, deberá presentar un informe detallado sobre la misma, especificando todos los detalles en cuanto a cantidades, país destino, fechas, impuestos tarifas, entre otros.
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