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Conozca las claves sobre el caso "Los Juanes"

Miércoles, 03 de abril de 2013 a las 07:30 pm
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Un resumen sobre el seguimiento del caso del baile nudista realizado esta Semana Santa en “Los Juanes”, Morrocoy, difundido viralmente por las redes desde el domingo pasado.

– El baile fue realizado el sábado 30 de marzo a bordo de un yate llamada “Miss Piggi Play Peña”.

-La embarcación está detenida desde el pasado lunes por el Comando de Vigilancia Costera, a cargo de INEA.

– Hay una segunda embarcación implicada en el caso.

– “El cuerpo del delito” es propiedad de Ramón Antonio Díaz Venegas y los involucrados que simularon el acto sexual fueron identificados como Manuel Adolfo Álvarez (27 años) – presunto hombre con la caja en la cabeza- y Rosa Josefina Sánchez Hernández – La joven que presuntamente se desnudó-.

-Dos fiscales están a cargo del caso: el Fiscal Nacional 66°, María Alejandra Vásquez, con competencia en Protección Integral de la Familia y la Fiscal 5° de Falcón, María Elena Marcano. Se espera que en las próximas horas los detenidos sean presentados ante un tribunal de control

– Los detenidos serían acusados presuntamente por el delito “ultraje al pudor”, contemplado en el artículo 381 del Código Penal. En caso de ser hallados culpables se prevé una condena de prisión de 3 a 15 meses.

– Las personas que subieron el video -y no advirtieron que el contenido debía ser visto por personas mayores de edad- podrían ser sancionados con prisión de dos a seis años, de acuerdo con la Ley Especial Contra los Delitos Informáticos.

– El video original fue bloqueado después de recibir 101 mil visitas en Youtube y tenía una duración de 4 minutos 27 segundos.

– Por favor destacar el artículo con negritas o de alguna otra forma que llame la atención –

Lo qué dice el 381-Código Penal

“Es todo acto que ofenda el pudor, efectuándolo públicamente (lugar público o expuesto a la vista del público). Este consiste en hechos o actos que sean atentatorios contra la moralidad (sexual), realizados públicamente por un sujeto sobre su propia persona o sobre otra que consciente en dicho acto o aun en su contra (cuando el sujeto pasivo no consiente o es víctima de violencia o amenazas por parte del agente que realiza dicho acto impúdico). En ese caso existe un concurso de delitos: el atentado al pudor (sobre la victima) y el ultraje publico al pudor por haberse cometido en sitio público”