Cuatro venezolanos fueron extraditados luego de un trabajo conjunto y articulado con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Oficina Central Nacional Interpol Lima, el Poder Judicial, el Instituto Nacional Penitenciario y la Superintendencia Nacional de Migraciones.
De acuerdo con el reporte oficial del Ministerio Público Heinz Baldringer, Brando Acosta, Carlos Aponte y Maiglimar Landino tenían orden de captura internacional vigente para ser procesados en Venezuela.
¿Por cuáles delitos estaban requeridos los cuatro venezolanos?
De igual modo, se conoció que, los ciudadanos estaban requeridos por los cargos de homicidio calificado, feminicidio agravado y robo agravado.

La ejecución de la medida se llevó a cabo luego que, la República Federativa del Brasil fungiera como intermediario en la cooperación de los cuatro casos.
La fiscalía peruana precisó que, la extradición pasiva se da cuando el Estado recibe la petición de otro país, solicitando la entrega de un procesado o condenado que se encuentra en nuestro territorio.
¿Qué personas son objeto de notificaciones rojas?
Prófugos buscados para su enjuiciamiento o para cumplir una condena por delitos graves de derecho común, como asesinato, violación o fraude. Es la etapa siguiente a las diligencias penales instruidas en el país que emite la solicitud, que no siempre es el país de origen de la persona.
Si se busca a la persona para su enjuiciamiento, ello supone que aún no ha sido condenada y debe ser considerada inocente hasta que se pruebe lo contrario. Si la persona es buscada para cumplir una condena, esto significa que ya ha sido declarada culpable por un tribunal del país que solicitó la publicación de la notificación roja.
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