El Banco Central de Venezuela (BCV) anunció una adecuación en las tasas de interés pasivas del sistema financiero que entrará en vigencia a partir de este martes 15 de septiembre. La medida establece que la totalidad de los depósitos bancarios en bolívares pasarán a ser remunerados de forma obligatoria.
El cambio estratégico más significativo recae sobre los depósitos a la vista (cuentas corrientes), que representan el 93 % de las captaciones del público en el país y que tradicionalmente carecían de rendimiento. Con la nueva disposición, estas cuentas contarán con una tasa de interés mínima del 10 % anual, la cual será calculada sobre el saldo diario de los clientes.
Asimismo, el ente emisor elevó los pisos de rendimiento para los instrumentos de ahorro e inversión:
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Cuentas de ahorro: la tasa mínima anual se incrementa del 32 % al 42 %.
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Depósitos a plazo fijo: El rendimiento mínimo sube del 36 % al 46 % anual.
Según explicó el instituto emisor en su comunicado, las instituciones bancarias del país tendrán la libertad de ofrecer porcentajes superiores a estos mínimos de ley. La medida busca incentivar el ahorro en moneda nacional tanto en personas naturales como jurídicas, además de afianzar la política monetaria como un canal estratégico en el proceso de estabilización de precios.
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