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Control Ciudadano: Frente a violaciones de DDHH no basta con remover de un cargo a un militar

Miércoles, 05 de abril de 2017 a las 08:00 pm
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Rocío San Miguel, presidenta de Control Ciudadano, considera que "un simple cambio de Comandante de la Zona de Defensa Integral de Carabobo no es suficiente. Deben establecerse las responsabilidades penales en la cadena de mando. Las unidades de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) que irrumpieron en la UC cumplían órdenes, estaban bajo la autoridad de un jefe militar y portaban armas y municiones con reglas de enfrentamiento que derivaron en una situación que debe ser judicializada".

A través de un comunicado, consideran positivo que el Gobernador de Carabobo, Francisco Ameliach, y el Defensor del Pueblo, Tarek William Saab, hayan reaccionado por hechos de violencia que se suscitaron este miércoles en la Universidad de Carabobo (UC), en el que varias personas resultaron heridas por el uso ilegal de armas de fuego por parte de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb). 

Control Ciudadano cita la vigencia de la Resolución 08610, de fecha 23 de enero de 2.015, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Número 40.589, de fecha 27 de enero de 2.015, mediante la cual se establecen las Normas sobre la actuación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en funciones de control del orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones, aprobadas por el Ministro del Poder Popular para la Defensa y Comandante Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, General en Jefe (Ej) Vladimir Padrino López, "continúa generando violaciones graves de Derechos Humanos y debe ser derogada. Los hechos sucedidos en la UC así lo demuestran". 

"La Fuerza Armada Nacional está en el deber de garantizar la plena identificación de cada uno de los efectivos militares que participan en las operaciones de cooperación en el mantenimiento del orden interno. Y para el caso de violaciones a DDHH, tal como han ocurrido en la UC, con solo revisar el parte diario de la unidad militar que intervino deberían inmediatamente establecerse responsabilidades", cita el comunicado. 

Además, informan que el artículo 28 de la Resolución 08610, establece que debe existir un informe elaborado por las unidades subordinadas de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana sobre el desarrollo, duración, número aproximado de personas que participaron, fase de desarrollo, etc; de una manifestación o protesta, donde además debe constar la cantidad de efectivos que participaron, grados y jerarquías.

2017-04-06