El Gobierno Nacional a través del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) aprobó un total de 14.092 nuevas pensiones en el país.
Este lunes 21 de agosto e IVSS ofreció los detalles de beneficio social en sus redes sociales.
Los nuevos pensionados y pensionadas se suman a los que ya reciben este beneficio social desde meses anteriores.
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Pensiones del IVSS
"Gracias a las políticas de protección y seguridad social orientadas por nuestro presidente @NicolasMaduro fueron incorporados 14.092 nuevos pensionados y pensionadas de la Patria. Recuerda ingresar a nuestro portal web y hacer CLICK en la opción PENSIONADOS. #PorUnSeguroMásSocial", se lee en la pubicación.
Es de recordar que en el IVSS, existen cuatro tipos de pensiones, que se deben acreditar con al menos 750 semanas de cotizaciones (algo menos de 15 años).
Sin embargo, la asignación de cada una de ellas requiere de una serie de requisitos.
Si el beneficiario no tiene y las 750 semanas cotizadas se tiene dos opciones, cita en su página web Ivenezuela.travel.
Entre las que se destacan solicitar la Pensión 100% Amor Mayor si cumples sus requisitos o usar la figura de trabajador independiente que permite el IVSS.
Esta última permite que se siga pagando las cotizaciones que faltan y así completar las 750 necesarias.
Por Sobreviviente
La Pensión por Sobreviviente son prestaciones dinerarias causadas por el fallecimiento de una beneficiaria o un beneficiario de pensión de invalidez o vejez en todo caso y por el fallecimiento de una asegurada o un asegurado, siempre que tenga acreditadas no menos de setecientas cincuenta (750) cotizaciones semanales.
Pensión por invalidez
Son prestaciones dinerarias otorgadas al asegurado por la pérdida de su capacidad para trabajar a causa de una enfermedad o accidente, en forma presumible permanente o de larga duración.
Se considera inválido o inválida, al asegurado o asegurada que quede con una pérdida de más de dos tercios de su capacidad para trabajar.
Pensión por vejez
Se concede a partir de los 60 años en el caso de los hombres y a partir de los 55 años en el caso de las mujeres.
En caso de asegurados que excedan dicha edad de acceso a la pensión pero que no acrediten el requisito mínimo de 750 semanas de cotizaciones podrán a su elección:
- Esperar hasta el cumplimiento de este requisito de cotizaciones.
- Percibir de inmediato una indemnización única equivalente al diez por ciento (10%) de la suma de los salarios correspondientes a las cotizaciones que tenga acreditadas.
Pensión por incapacidad
Son prestaciones dinerarias otorgadas en virtud de una enfermedad profesional o accidente de trabajo la cual disminuye al asegurado su capacidad para trabajar entre un 25% y hasta un 66,66%.
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