La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) aprobó el Reglamento Interno de la Coordinación Nacional de Justicia de Paz Comunal del Poder Judicial.
El propósito de este instrumento es establecer las normas para la organización y funcionamiento de dicha instancia destinada al apoyo y coordinación de esta jurisdicción especial.
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La Magistrada del TSJ, Gladys Gutiérrez destacó la potestad que tiene el juez o jueza de paz comunal de tomar decisiones.
TSJ otorga potestad de resolución de conflictos
Esta potestad es a través de medios alternativos para la resolución de conflictos o controversias, en el ámbito territorial de su actuación.
Comprende además la facultad de conocer, investigar y decidir los asuntos sometidos a su competencia.
Además de tener autoridad de avalar acuerdos sobre la base de la vía conciliatoria, el diálogo, la mediación, la comprensión y la reparación del daño. La finalidad es restablecer la armonía, la paz, el buen vivir y la convivencia comunitaria, indica una nota de prensa del máximo tribunal.
La Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, como ámbito del Poder Popular e integrante del sistema de justicia, se centra en la facultad que tiene el juez o jueza de paz comunal de conocer y decidir en todo lo relacionado con las actuaciones, abstenciones, negativas o vías de hecho de los consejos comunales, comunas y organizaciones del Poder Popular.
Así como también sobre las situaciones que en razón del funcionamiento interno de esas instancias, vulneren, afecten o restrinjan el ejercicio del derecho a la participación y el protagonismo popular.
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