Los cultos satánicos, también conocidos como satanismo, son prácticas religiosas o filosóficas que veneran a Satanás o a entidades demoníacas.
A menudo se asocian con rituales oscuros, simbología satánica y sacrificios.
En Venezuela, al igual que en otros países, existen individuos y grupos que se identifican con el satanismo y practican sus rituales y creencias.
El sociólogo Gilberto Cárdenas explicó a 2001 que es importante diferenciar entre el satanismo como una expresión de libertad religiosa y el satanismo que realiza actividades criminales como el sacrificio humano, animal o la violencia.
“Hay una comunidad que lo practica de manera pacífica y sin causar daño a otros”, señaló.
Cabe destacar que las leyes venezolanas no prohíben específicamente la práctica del satanismo, siempre y cuando no se infrinjan otras leyes del país.
La constitución señala: “El Estado garantizará la libertad de religión y de culto. Toda persona tiene derecho a profesar su fe religiosa y cultos y a manifestar sus creencias siempre que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres y al orden público”.
No obstante, en los casos en los que se cometa un crimen en nombre del satanismo, los responsables serán procesados y penados de acuerdo al delito, más allá de la religión.
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¿El satanismo es penado?
En muchos casos, se considera que el satanismo y los cultos satánicos involucran prácticas y creencias que adoran a entidades o fuerzas consideradas malignas o contrarias a valores establecidos.
Por su parte el criminólogo Miguel Araujo compartió que los responsables son juzgados en base de la agravante y no si se trata de un rito satánico o similar.
Los peligros asociados con los rituales de cultos satánicos pueden incluir:
- Manipulación mental.
- Abuso físico o emocional.
- Efectos negativos en la salud mental y emocional.
Incluso, se ven afectados personas y animales.
El art 478 del Código Penal señala que toda persona que sin necesidad haya matado un animal ajeno o le haya causado algún mal que lo inutilice, será penado por acusación de la parte agraviada, con arresto de ocho a 45 días.
Si el perjuicio es ligero, podrá aplicarse solamente multa hasta por 150 unidades tributarias (U.T.)
Si comete actos crueles contra los animales, la multa es de hasta 100 U.T.
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