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“El uso del dólar en el condominio debe ser muy bien manejado”

Lunes, 31 de mayo de 2021 a las 07:40 am
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La abogada Mirian Contreras, experta en derecho de propiedad horizontal, aseguró que el uso del dólar en el cobro de condominios se ha hecho muy frecuente y explicó que con una buena organización de la comunidad estos “cobros adicionales” no deberían perjudicar a los copropietarios.

Además, la doctora aseguró que los gastos hechos con la moneda en curso (bolívares) deben hacerse en bolívares, mientras que los consumos hechos en divisas deben cobrarse en divisas. Contreras, quien fue la invitada en La Conversa 2.0, que lleva a cabo semanalmente el director del Diario 2001, Juan Ernesto Páez-Pumar, sostuvo que el o los administradores deben analizar la capacidad económica de los dueños o inquilinos de la comunidad.

“Hasta que la comunidad no tenga la oportunidad de abrir una cuenta en dólares será muy difícil el manejo de divisas” en cuanto a la recaudación de dinero para hacer arreglos que generen gastos cuantiosos. En ese sentido, recomendó la utilización de facturas proformas. Asegura que con este tipo de documentos, permitidos por la ley, los administradores tendrán la oportunidad de ir recabando el dinero necesario paras las reparaciones cuantiosas.

Como dato, Contreras dijo que los gastos extras en monedas fuertes, que proponen algunas juntas de condominios, serán pagados por los propietarios que tienen la disponibilidad económica o la voluntad de hacerlo. “Para que esas cuotas tenga obligatoriedad debe ser acordado por una asamblea o en su defecto debe estar cargado en el recibo. Si usted no hace eso (…) seguro está causando un perjuicio a la comunidad”.

De esa manera, Contreras afirma que lo mejor para un condómino es planificar los gastos o crear un fondo “para que en la medida de lo posible se puedan cubrir esas situaciones de emergencias”.

Asegura que el uso del término ‘dolarización’ en los pagos de condominio puede ser un arma de doble filo, pues sin querer el o los administradores puede caer en ilícitos o violentar normas legales, que pueden traer problemas con la ley.

Contreras define la propiedad horizontal como na entidad jurídica que hace alusión al conjunto de normas que regulan la división y organización de diversos inmuebles, como resultado de la segregación de un edificio o de un terreno común. En este particular indicó que para mantenerla es vital que los copropietarios no caigan en insolvencia, pues a su juicio muchos van a preferir “comer o pagar sus necesidades básicas”, que pagar cuotas para el mantenimiento del inmueble común.

“Por eso es necesario de que hay que planificar. Cada comunidad tienen sus particularidades”, de eso desprende que no hay que sobrecargar a los individuos de cuotas impagables.

En cuanto a la morosidad de las personas en pagar las cuotas de condominio, la abogada aseguró que en estos momentos sí es factible que un propietario pueda perder su apartamento, pues explica que luego de que el Banco Central de Venezuela reconociera la inflación y publicara el Índice del Precio al Consumo (IPC)* una persona que deba muchas cuotas puede ser demanda y el pago fina pudiera arrojar cifras muy cuantiosas que tendría que dar su inmueble como recibo de pago o embargo.

Al tocar este tema, la experta reafirmó, que dolarizar el pago del condominio no es la mejor forma de presionar a los morosos, pues asegura que hay otros medios para esas personas que deben muchas cuotas.

“El uso del dólar en la comunidad debe ser utilizado correctamente para evitar situaciones futuras que sean mucho más graves. Debemos decirle a las personas que se atrasan en sus recibos que no lo hagan porque en la actualidad si repercuten sus derechos de propiedad individual”, dijo Contreras.

*El índice de precios al consumo (IPC) es un indicador que mide la variación de los precios de una cesta de bienes y servicios en un lugar concreto durante un determinado periodo de tiempo, definición ofrecida por Economipedia.

Este índice se utiliza para medir el impacto de las variaciones en los precios en el aumento de coste de vida. Para ello selecciona productos concretos, que se asemejan al consumo de la una familia, como pueden ser determinados comestibles, calzado y textil, carburantes, transportes, servicios… y realiza un seguimiento de sus precios durante un tiempo delimitado y concreto, que suele ser trimestral y anual.