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En Gaceta:Trabajadores podrían ser removidos de sus cargos y reubicados en el área alimentaria

Martes, 26 de julio de 2016 a las 08:00 pm
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El pasado 22 de julio, salió publicado en la Gaceta Oficial, número 40.950 una resolución en la que se establece que los empleados de empresas públicas o privadas, pueden ser removidos de sus puestos laborales y reubicados en otros que demanden con urgencia su presencia para aumentar la producción alimentaria en el país, basado en el Decreto de Emergencia Económica, propuesto por el presidente Nicolás Maduro.

Textualmente, en la gaceta se informa que: "Se establece un régimen laboral transitorio en el marco del decreto número 2.323 mediante el cual se declara el Estado de Excepción y de la Emergencia Económica". Es decir, que la resolución se ha planteado para atender la llamada "Emergencia Económica" en el país.

Se establece además "un régimen especial transitorio de carácter obligatorio y estratégico para todas las entides de trabajo del país públicas o privadas, de propiedad social y mixtas, que contribuya con el reimpulso productivo del sector agroalimentario". Se entiende que las personas podrían ser removidas de sus puestos labroales acuales para ser reubicados en otros puestos que se consideren de mayor urgencia en el país, con el objetivo de aumentar la producción de alimentos.

De hecho, el mismo documento expone que, el Miniserio del Tabajo solicitó "autorizar la presentación de un grupo de trabajadores a ser incorporados a diversas plantas procesadoas de maíz, las cuales se inscriben en el proceso de recuperación de empresas del Estado".

Lo que deben tener los trabajadores para ser removidos de sus puestos

Uno de los datos importantes a resaltar es que las personas que podrían ser removidas de sus puestos laborales, deben cumplir con ciertas características como: ser trabajadores del sector público o privado. Además, deberán cumplir con las condiciones físicas adecuadas y poseer los conocimientos teóricos y técnicos en las diferentes áreas productivas.

También se establece que las entidades de trabajo del sector público o privado, "están obligadas a cumplir con el estricto imperio del presente acto administrativo". Por lo que deberán proporcionar los trabajadores requeridos, con el objetivo de "aumentar la producción de la entidad de trabajo solicitante".

2016-07-27