Redacción 2001.com.ve
El Ministerio de Salud estableció una Lista Nacional de Medicamento Esenciales (LNME), la cual será de obligatorio cumplimiento para el Sistema Público Nacional de Salud.
La resolución N° 104 publicada en la Gaceta Oficial 40.777, que circula este viernes indica que dichos medicamentos deberán ser adquiridos y prescrito con prioridad por parte del sistema de salud pública.
En caso, según apunta el texto de que se requiera otro medicamento deben solicitarse por escrito al despacho del viceministro de Hospitales, anexando la justificación correspondiente.
Entre los fármacos, destacan las drogas para desordenes funcionales gastrointestinales, laxantes, antidiarreícos, vitaminas, preparados antianémicos, antihipertensivos, diuréticos, agentes para el tratamiento de hemorroides, antibióticos y quimioterápico, antinfecciosos y antisépticos ginecológicos, antivirales, inmunoestimulantes.
Para el sistema músculo-esquelético, también integran esta lista los productos antiinflamatorios, miorrelajantes, anestésicos, analgésicos, antiepilécticos, drogas antiparkinsonianas y psicolépticos.
Vea la Gaceta Ofial Número 40.777 en el siguiente documento
2015-10-30